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Ley
LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas para ayudar a que los negocios crezcan deben cumplir con estos puntos: primero, que abrir y operar una empresa sea claro y seguro legalmente, sin sorpresas. Segundo, que se fomente la participación de los sectores productivos, sobre todo en zonas especiales de la Ciudad de México. Tercero, que los trámites y permisos para operar se resuelvan rápido y en igualdad de condiciones para competir. Cuarto, reducir y hacer más simples los papeleos para instalar y manejar un negocio. Por último, crear formas de ayudar a que más empresas trabajen de manera formal y legal, ofreciendo beneficios para quienes lo hagan.

Texto oficial

Artículo 25.- La mejora regulatoria para el fomento y promoción del desarrollo económico deberá considerar los siguientes criterios: I. Asegurar que la apertura, funcionamiento y desarrollo de las empresas se lleve a cabo en un marco que establezca condiciones de certeza jurídica; II. Promover esquemas que permitan una mayor participación de los sectores productivos, sobre todo en las Áreas de Desarrollo Económico (ADE) de la Ciudad de México; III. Asegurar que las actividades sujetas a desarrollo tengan una respuesta rápida y que los procedimientos administrativos y la autorización de funcionamiento se otorgue en plazos y condiciones que les permitan competir en igualdad de condiciones respecto a sus competidores; IV. Agilizar y reducir trámites para el establecimiento y operación de las empresas, y V. El desarrollo y establecimiento de mecanismos para la formalización continua y progresiva a través de una política que incentive la formalidad.

Ver texto oficial de la LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 21) ↗

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