Artículo 1237 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado hace muchísimos años, desde 1948. "Derogado" significa que una ley nueva lo canceló y ya no tiene validez legal. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni aplicar de este artículo en la actualidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,237.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.