Artículo 1242 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 1,242 ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente. Esto pasó cuando se publicó una nueva ley de Derecho de Autor el 14 de enero de 1948, que lo reemplazó. En términos prácticos, ese artículo no existe desde hace muchísimos años.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,242.- (DEROGADO POR ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY FEDERAL SOBRE EL DERECHO DE AUTOR PUBLICADO EN EL DOF EL 14 DE ENERO DE 1948)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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