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Artículo 1304 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien pone en su testamento una razón para heredar que va en contra de la ley, esa razón no cuenta, aunque sea cierta. Por ejemplo, si dices "le dejo mi casa a mi primo porque me ayudó a cometer un delito", esa justificación se borra del testamento como si nunca la hubieras escrito. Lo que sí vale es la decisión de heredar, solo que la explicación ilegal se ignora por completo.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,304.- La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita. CAPITULO II DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 225) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.