Artículo 1538 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 1,538 ya no es válido, fue eliminado de la ley por una reforma que se publicó el 23 de julio de 2012. Significa que ya no existe una regla que se llamara así. Si antes aplicaba para algún trámite o situación, ya no tienes que hacerle caso.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,538.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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