Artículo 1571 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 1,571 ya no está vigente. Se eliminó de la ley gracias a una reforma publicada el 23 de julio de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Eso quiere decir que esa regla ya no existe, así que no te preocupes por ella. Solo aplican las leyes que no hayan sido derogadas.
Texto oficial
ARTÍCULO 1,571.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.