Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1585 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que la ley que estaba antes ya no sirve, o sea, se elimina por completo. Fue borrada oficialmente el 23 de julio de 2012, según lo que publicó el gobierno en su periódico oficial. No hay más que explicar: ya no existe ni aplica para nada.

Texto oficial

ARTÍCULO 1,585.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 23 DE JULIO DE 2012)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 256) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.