Artículo 2672 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los miembros de la asociación pueden entrar y salir cuando lo decida el grupo. La asociación tiene el derecho de aceptar nuevos integrantes o sacar a los que ya están, siguiendo las reglas que ellos mismos se hayan puesto.
Texto oficial
ARTÍCULO 2,672.- La asociación puede admitir y excluir asociados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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