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Artículo 2696 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una sociedad no es legal si se acuerda que solo algunos se queden con todas las ganancias y otros tengan que pagar todas las pérdidas. Eso sería una sociedad nula, o sea, que no vale para nada ante la ley. La idea es que todos los socios compartan tanto lo bueno como lo malo. Así que no puedes hacer un trato donde unos ganen siempre y otros siempre pierdan.

Texto oficial

ARTÍCULO 2,696.- Será nula la sociedad en que se estipule que los provechos pertenezcan exclusivamente a alguno o algunos de los socios y todas las pérdidas a otro u otros.

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 399) ↗

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