Artículo 638 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 638 ya no existe en la ley. Una reforma publicada el 29 de noviembre de 2024 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México lo eliminó completamente. En lugar de cambiarlo, las autoridades decidieron que el artículo ya no aplica.
Texto oficial
ARTÍCULO 638.- SE DEROGA. (REFORMA PUBLICADA EN LA GOCDMX 29 DE NOVIEMBRE DE 2024)
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