Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 641 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, esta regla ya no existe y no debes preocuparte por ella.

Texto oficial

ARTÍCULO 641.- SE DEROGA. (REFORMA PUBLICADA EN EL DOF EL 28 DE ENERO DE 1970)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 145) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.