Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5816/72
Ley
CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
72

Artículo 72 del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 72 fue eliminado de la ley, ya no existe. Esto se debe a una reforma que se publicó el 25 de mayo del 2000 en el periódico oficial. En pocas palabras, lo que decía ese artículo ya no aplica. Así que no te preocupes por él, porque no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

ARTÍCULO 72.- SE DEROGA (REFORMA PUBLICADA EN LA GODF EL 25 DE MAYO DE 2000)

Ver texto oficial del CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.