Artículo 26 del REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 26 dice que van a crear un sistema para que la Secretaría pueda revisar cómo se están aplicando los programas de desarrollo urbano y dar su opinión sobre las llamadas Áreas de Gestión Estratégica (zonas especiales para proyectos importantes). Este sistema tendrá al menos dos partes: una de información y otra de evaluación. La primera se encargará de juntar y organizar datos sobre desarrollo urbano, y también de coordinarse con otras oficinas del gobierno para intercambiar información. La segunda revisará si se están cumpliendo los objetivos de los programas, hará estudios y propuestas, y llevará un registro de las solicitudes para modificar los programas, ya sea que las hayan aprobado o rechazado, para ver si se necesita hacer cambios en la zonificación (cómo se puede usar el suelo).
Texto oficial
Artículo 26. El Sistema de Información y Evaluación del Desarrollo Urbano, permitirá a la Secretaría evaluar la aplicación de los Programas y emitir opiniones en relación a las Áreas de Gestión Estratégica. Dicho sistema contará por lo menos con dos subsistemas. La Dirección General de Desarrollo Urbano será la responsable de generar y suministrar la información al sistema semestralmente. I. El subsistema de información tendrá como funciones básicas: a) El acopio y la sistematización de la información relativa al desarrollo urbano y materias afines; y b) La coordinación con otras áreas, entidades y dependencias de diferentes niveles gubernamentales, con el fin de intercambiar información sobre desarrollo urbano y ordenamiento territorial, así como para el intercambio de información sectorial, en su caso. II. El subsistema de evaluación tendrá como funciones básicas: a) Evaluar el cumplimiento de los objetivos y políticas de desarrollo urbano, señalados en los Programas y Áreas de Gestión Estratégica; b) Desarrollar y difundir estudios, diagnósticos y propuestas; y c) Tratándose de modificaciones a los Programas, llevar el registro de las solicitudes presentadas, así como de aquellas que hubieran sido aprobadas y negadas, con el objeto de revisar las áreas sujetas a variaciones económicas, ambientales y sociales que justifiquen la elaboración de Programas o cambio de zonificación, procediendo, en su caso, a la propuesta de elaboración del proyecto de modificación por parte de la Secretaría. SECCIÓN TERCERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA
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