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Artículo 38 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los consejeros que representan a los ECI y al sector académico duran dos años en su puesto, pero pueden estar un periodo igual más si los vuelven a elegir. Para que los ratifiquen, el Consejo les hace una evaluación de cómo trabajaron. Después, en una junta normal antes de que se acaben los dos años, se vota si se quedan o no.

Texto oficial

Artículo 38. Los consejeros representantes de los ECI y del sector académico permanecerán en el cargo durante dos años, con posibilidad de prórroga hasta por un periodo adicional de igual duración. Dicha prórroga será considerada de acuerdo con una evaluación de desempeño que realice el Consejo a los consejeros representantes que buscan ser ratificados y sometida a votación en la sesión ordinaria previa al fin del periodo de dos años de duración del cargo de los consejeros representantes de los ECI y del sector académico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.