Artículo 35 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice cuáles son las tareas de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, que es la oficien encargada del tráfico en las calles. Ellos diseñan planes para mejorar el tránsito de vehículos y revisan que se cumplan. También se encargan de poner y mantener los semáforos, señalamientos y cámaras de vigilancia. Además, hacen campañas para enseñar a la gente a manejar con seguridad y prevenir accidentes. Por último, trabajan con otras dependencias y usan tecnología para controlar mejor el tráfico.
Texto oficial
Artículo 35. Son atribuciones de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito: I. Diseñar y formular los planes y programas en materia de ingeniería y evaluación del tránsito vehicular; II. Vigilar la implementación de los programas de operación y mantenimiento de los sistemas de dispositivos de control de tránsito y de monitoreo; III. Dirigir la ejecución y difusión de los programas y campañas de seguridad y educación vial, así como aquellos orientados en la prevención de accidentes; IV. Implementar las acciones de coordinación y comunicación con entes públicos, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas para la instrumentación de proyectos de ingeniería vial y de evaluación del tránsito vehicular; V. Proponer, y en su caso, realizar la instalación de las señalizaciones preventivas, restrictivas e informativas necesarias para el tránsito vehicular y peatonal; VI. Dirigir la implementación de los indicadores de evaluación de los programas de control de tránsito y vialidad; VII. Instrumentar las acciones necesarias en materia de movilidad, seguridad vial y control de tránsito durante la ejecución de los proyectos de obra pública; VIII. Instrumentar un sistema de registro y análisis estadístico de incidentes que afecten la operación de la red vial; IX. Proponer la incorporación de innovaciones tecnológicas, dispositivos y sistemas que faciliten los procesos de control de tránsito; X. Emitir la Autenticación de la información obtenida con el uso de equipos y sistemas de tecnología de Seguridad Pública que tenga bajo su control o custodia, a que hace referencia la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Pública del Distrito Federal, y XI. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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