REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento aplica para toda la Ciudad de México y es obligatorio para todos, sin excepción, porque busca proteger el orden y el interés de la sociedad. Su objetivo principal es definir cómo se organiza la Secretaría de Seguridad Ciudadana, es decir, quién manda, cuáles son sus áreas y qué tareas tiene cada una. También establece qué unidades policiales y administrativas dependen de esa Secretaría y cuáles son sus responsabilidades. En pocas palabras, es como el manual que le dice a la policía de la CDMX cómo debe estar estructurada y qué debe hacer.
- Art. 2Este artículo solo sirve para definir los términos que se usan en todo el reglamento. Cuando digan "Ciudad", se refieren únicamente a la Ciudad de México; "Centros Penitenciarios" son todas las cárceles y centros de rehabilitación de la ciudad, y "Sistema Penitenciario" es el conjunto de leyes e instituciones que se encargan de los presos y de ayudarles a reintegrarse a la sociedad. "Ley" se refiere a la Ley de Seguridad Ciudadana local, mientras que "Ley General" y "Ley Nacional" son leyes federales. También aclaran que "Policía" es la Policía de Proximidad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, y "Secretaría" es esa misma dependencia; el resto son nombres de áreas internas como subsecretarías, direcciones y unidades que apoyan el trabajo de los policías.
- Art. 3Este artículo dice cómo se organiza la Secretaría de Seguridad Ciudadana. El jefe de la Secretaría va a tener varias áreas y equipos de policía para hacer su trabajo. Por ejemplo, hay oficinas que se encargan de asuntos legales, de comunicación, de derechos humanos y de atender quejas internas. También hay grupos especiales de policía, como los que atienden emergencias de alto impacto, los que patrullan en helicóptero y la policía bancaria e industrial. Además, se mencionan las coordinaciones de policía de proximidad por zonas de la ciudad, como Norte, Sur, Oriente y Poniente, y direcciones para cada alcaldía, como Cuauhtémoc o Iztapalapa.
- Art. 4Este artículo dice que el secretario o secretaria puede tener equipos de trabajo extra, llamados "unidades de apoyo", para ayudarle a hacer su chamba. Esos equipos solo se crean si están anotados en el manual de la dependencia. En pocas palabras, si el manual lo permite, puede pedir más gente para que le echen la mano con los asuntos que le tocan.
- Art. 5El jefe o la jefa de la Secretaría es el encargado principal de tramitar y resolver los asuntos, pero para hacer su chamba se apoya en las oficinas y en las unidades policiacas que están dentro de la misma dependencia. También puede pasarle sus responsabilidades a los jefes de esas oficinas o unidades, aunque él o ella siempre puede decidir hacerlas directamente. Eso de pasar las responsabilidades se tiene que anunciar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico oficial del gobierno.
- Art. 6El jefe máximo de la Policía es el Secretario o Secretaria, quien da las órdenes directamente o a través de los jefes de las unidades y de las unidades policiacas. Aunque esos jefes tengan su propio encargo, el Secretario puede meterse a tomar decisiones cuando lo considere necesario. Todos los puestos importantes, como subsecretarías, oficialías y unidades, solo pueden actuar si están a cargo de alguien, a menos que se diga lo contrario en el reglamento. En pocas palabras, el mando siempre lo tiene el Secretario, y los demás jefes trabajan bajo sus instrucciones.
- Art. 7El artículo dice que el jefe o la jefa de la Secretaría tiene el poder de hacer lo mismo que cualquier otro titular de una dependencia del gobierno de la Ciudad de México. Esas facultades ya están escritas en otra ley, específicamente en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. En pocas palabras, el secretario o secretaria puede tomar decisiones y acciones administrativas normales que ya vienen establecidas por esa regla. No se trata de facultades especiales, sino de las que ya tienen todos los jefes de las oficinas del gobierno local.
- Art. 8El jefe o jefa de la Secretaría es quien se encarga de resolver los asuntos que le tocan a esa dependencia. También debe asegurarse de que las cárceles (el Sistema Penitenciario) funcionen bien y que los policías que dependen de la Secretaría hagan su trabajo correctamente. Puede emitir órdenes por escrito (acuerdos, circulares) para que todo salga bien, y decide cómo investigar delitos y cómo manejar la información que se genera. Además, tiene que promover el respeto a los derechos humanos, atender las recomendaciones de las Comisiones de Derechos Humanos, ayudar a las víctimas de delitos, aprobar los programas de capacitación de policías, y nombrar o quitar a los jefes policiacos y al personal de confianza.
- Art. 9Este artículo dice que el jefe o la jefa de la Secretaría tiene ciertas responsabilidades que no puede pasar a otra persona, es decir, son cosas que solo él o ella puede hacer. Esas responsabilidades son las que aparecen en una lista del artículo 8 de este mismo reglamento, como las fracciones II, III, VII y otras más. También incluye cualquier otra tarea que le pidan las leyes o el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. En pocas palabras, hay decisiones importantes que solo toma el titular de la Secretaría y no puede delegarlas a nadie más.
- Art. 10Las Subsecretarías y la Oficialía Mayor tienen el poder de ponerse de acuerdo con el/la Secretario/a para decidir cómo se atienden los asuntos de las áreas que están a su cargo. También pueden presentar propuestas de leyes, reglamentos o planes, y darle seguimiento a los encargos que les pida el/la Secretario/a. Pueden sugerir cambios como crear, reorganizar o eliminar unidades, y proponer a ciertos jefes, siempre que no sean de la policía. Además, se encargan de planear, organizar y evaluar el trabajo de esas áreas, y de coordinar con otras partes de la Secretaría o con otras autoridades cuando se les pida ayuda o información.
- Art. 11La Subsecretaría de Operación Policial es la encargada de dar las órdenes a la policía para que hagan su trabajo. Su jefe transforma las decisiones de su superior en instrucciones claras y se asegura de que se cumplan. También junta información sobre lo que hace la policía para ayudar a tomar mejores decisiones, y vigila que todas las unidades y servicios trabajen bien, manteniendo el orden de mando. Además, se coordina con otras autoridades, como las alcaldías o el gobierno federal, para operativos conjuntos y supervisa que los policías cumplan con las reglas y se capaciten.
- Art. 12Este artículo dice lo que puede hacer la Subsecretaría de Control de Tránsito (la autoridad que maneja el tráfico). Entre sus tareas están: mandar a la Policía de Tránsito, asegurarse de que las calles y semáforos se usen bien, y hacer planes para mejorar la movilidad en la ciudad. También se encarga de educar a la gente sobre vialidad, revisar que los policías de tránsito hagan bien su trabajo, y coordinar con otras dependencias para evitar problemas en las calles. Además, puede poner medidas para las infracciones (como multas), supervisar los corralones de vehículos, y proponer dónde aplicar estacionamiento en la vía pública. En resumen, es la oficina que organiza y supervisa todo lo relacionado con el tránsito y la vialidad.
- Art. 13La Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito se encarga de muchas cosas para que tú y los demás estén más seguros. Por ejemplo, crea reglas y programas para que la gente participe en mejorar la seguridad y prevenir delitos. También organiza ayuda para la población cuando hay accidentes o desastres, como temblores o incendios. Trabaja en equipo con el gobierno federal, estatal, municipal y las alcaldías, además de escuelas, empresas y grupos sociales, para fomentar la denuncia y combatir la corrupción. Otra de sus tareas es poner en marcha programas de educación vial y proteger a los turistas en la Ciudad de México.
- Art. 14La Subsecretaría de Desarrollo Institucional es un área del gobierno que se encarga de varias cosas relacionadas con los policías y el sistema penitenciario (las cárceles). Por ejemplo, define cómo se organiza la carrera de los policías, desde que entran hasta que se jubilan, y diseña las reglas para reclutarlos, capacitarlos y evaluarlos. También propone formas para que los policías se sigan preparando, revisa su desempeño, y crea cursos para evitar que haya corrupción. Además, ayuda a que la policía trabaje con otras instituciones, como escuelas o dependencias de otros niveles de gobierno, y resuelve quejas sobre decisiones administrativas.
- Art. 15La Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial es un área que se encarga de manejar toda la información importante para la seguridad en la Ciudad de México. Entre sus tareas principales están: dirigir las comunicaciones de la Secretaría, recopilar y analizar datos diarios sobre seguridad, y diseñar sistemas para organizar esa información. También se encarga de cuidar las bases de datos, proponer tecnología para la policía, y ayudar a investigar delitos usando herramientas técnicas. Además, analiza mapas y estadísticas para entender dónde y cómo operan los criminales, verifica las denuncias que llegan, y apoya a los centros penitenciarios con sus sistemas de información.
- Art. 15 BisEste artículo dice que la Subsecretaría del Sistema Penitenciario es la que se encarga de todo lo relacionado con las cárceles de la Ciudad de México. Entre sus labores está organizar cómo funcionan las prisiones, asegurarse de que los presos tengan programas para reinsertarse en la sociedad y vigilar que los centros estén seguros. También coordina con otras autoridades, como las de otros estados o el gobierno federal, para compartir información y hacer operativos conjuntos. Además, se encarga de que los presos reciban atención médica y psicológica, y de que tengan oportunidades de trabajar para ganar algo de dinero. Por último, supervisa la emisión de antecedentes penales cuando alguien los necesita para un trámite legal.
- Art. 16La Oficialía Mayor es el área encargada de que todo funcione bien en la Secretaría. Sus responsabilidades incluyen coordinar los servicios administrativos, hacer los planes anuales de trabajo y aprobar las reglas para contratar y capacitar al personal. También autoriza cambios de empleados, revisa que los pagos y prestaciones se entreguen a tiempo, y se encarga del presupuesto, los vehículos oficiales y el mantenimiento de las oficinas. Además, firma contratos y convenios, y se asegura de que las auditorías y revisiones se atiendan correctamente para cumplir con la rendición de cuentas.
- Art. 17Este artículo dice lo que pueden y deben hacer los jefes de las áreas más importantes de una dependencia de gobierno, como las Coordinaciones, Direcciones Generales y Direcciones Ejecutivas. Básicamente, tienen que planear y controlar el trabajo de su equipo, hacer propuestas de presupuesto, y pedirle instrucciones a su jefe directo. También pueden firmar documentos, pedir recursos como dinero o materiales, y proponer mejoras para que todo funcione más rápido y sencillo. Además, pueden ayudar a otras áreas del gobierno cuando se los pidan, y autorizar capacitaciones o cambios de puesto de su personal.
- Art. 18Este artículo dice cuáles son las tareas de los jefes de ciertas áreas de la policía (como coordinaciones y direcciones). Estos jefes tienen que planear cómo combatir la inseguridad y mantener el orden, pero deben pedir permiso a su superior antes de aplicar esos planes. También deben dirigir los operativos para prevenir delitos, apoyar a otras autoridades cuando se les ordene, y supervisar los sistemas de comunicación como radios y teléfonos. Otras responsabilidades incluyen proponer ascensos o castigos para los policías a su cargo, asegurarse de que el personal se capacite, y dar información a áreas internas como Asuntos Internos o Asuntos Jurídicos cuando sea necesario.
- Art. 19La Coordinación General de Asesores tiene varias tareas importantes. Primero, platica y decide con el Secretario sobre los asuntos que le tocan, y le informa cómo van. También organiza su propio trabajo, planea actividades y checa que todo salga bien. Puede hacer lo que el Secretario le ordene y dar opiniones o informes cuando se los pidan. Además, atiende dudas del Congreso y otras instituciones sobre seguridad en la Ciudad de México, y junta información para que el Secretario dé explicaciones oficiales. Otras labores son ayudar a otros empleados de la dependencia, trabajar con otras áreas y usar datos de la Secretaría para hacer bien su chamba.
- Art. 20La Dirección General de Asuntos Jurídicos es como el equipo de abogados de la Secretaría. Sus funciones principales son: 1. **Hacer estudios y propuestas de leyes**: Analizan las leyes y reglamentos, y proponen cambios o nuevas normas al jefe de la Secretaría. 2. **Dar criterios legales**: Deciden cómo se deben interpretar las leyes en los problemas legales donde la Secretaría esté involucrada. 3. **Revisar contratos**: Antes de que se firmen, chequean que los servidores públicos tengan permiso para hacerlo y llevan un registro. 4. **Opinar sobre asuntos legales**: Cuando otras áreas de la Secretaría les piden consejo, dan su punto de vista jurídico. 5. **Defender en juicios**: Representan a la Secretaría en amparos y otros procesos legales, presentando informes y recursos. 6. **Pedir información**: Si la Secretaría es demandada, pueden solicitar documentos o apoyo técnico a otras áreas para defenderse. 7. **Cumplir resoluciones**: Se aseguran de que se sigan las órdenes de jueces o autoridades administrativas. 8. **Resolver quejas**: Atienden y deciden sobre recursos de revisión (quejas formales) que presenten los trabajadores, incluidos los del sistema penitenciario. 9. **Defender a policías**: Si un policía se mete en problemas penales por hacer su trabajo, lo asesoran y defienden gratis. 10. **Denunciar delitos**: Si alguien comete un delito contra la Secretaría, presentan la denuncia ante el Ministerio Público o el órgano de control interno.
- Art. 21La Dirección General de Asuntos Internos es la oficina encargada de vigilar a los policías y asegurarse de que hagan bien su trabajo. Puede recibir quejas de la gente, ya sea por escrito, por internet o incluso anónimas, para investigar si un policía se portó mal. Si una policía mujer denuncia acoso o abuso, deben tratarlo con cuidado y proteger sus derechos. También llevan un registro de todas las quejas, castigos y premios de los policías, y pueden pedir ayuda a otras autoridades, como la Fiscalía, para hacer mejor las investigaciones. Además, tienen permiso para revisar oficinas y lugares de trabajo de la policía, y si encuentran algo mal, pueden recomendar cambios o iniciar un proceso administrativo.
- Art. 22La Dirección de Comunicación Social tiene varias tareas. Primero, debe dar a conocer en la tele, radio, internet y periódicos todo lo que hace la Secretaría. También tiene que revisar lo que dicen los medios sobre los temas que le interesan a la Secretaría, hacer resúmenes de eso y compartirlos con las áreas internas. Se encarga de guardar y organizar toda la información que ella misma publica, como notas, videos y carteles, para que los empleados puedan consultarlos. Además, supervisa lo que se publica en la página web de la Secretaría y organiza las entrevistas y conferencias de prensa de los jefes, además de ser la voz oficial de la dependencia. Por último, diseña estrategias para mejorar la imagen de la Secretaría, apoya en eventos de seguridad pública y hace todo lo que le pidan las leyes.
- Art. 23La Dirección Ejecutiva de la Unidad de Transparencia tiene varias tareas importantes. Primero, debe asegurarse de que cualquier persona pueda pedir información pública de la Secretaría, y también que puedas ejercer tus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de tus datos personales. Segundo, se encarga de manejar y dar seguimiento a todas las solicitudes que presenten los ciudadanos hasta resolverlas. Tercero, asesora a los trabajadores de la Secretaría para que cumplan con las reglas de transparencia. Además, representa a la Secretaría en eventos sobre transparencia y protección de datos, y promueve la cultura de estos temas. Por último, cumple con cualquier otra tarea que le asigne la ley.
- Art. 23 BisLa Dirección General de Derechos Humanos tiene varias tareas importantes. **I:** Se encarga de crear cursos para que todo el personal de la Secretaría conozca y respete las leyes de derechos humanos, y puede pedir que manden empleados a esos cursos. **II:** Su labor es promover y enseñar la cultura del respeto a los derechos humanos, tanto adentro de la Secretaría como cuando el personal trata con ciudadanos. **III:** Cuando algún jefe de área se lo pida, debe dar su opinión técnica sobre asuntos relacionados con derechos humanos. **IV:** Actúa como el contacto oficial con organismos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la de la Ciudad de México, para compartir información y experiencias. **V:** Crea formas para que la gente presente quejas si un servidor público de la Secretaría violó sus derechos; puede llamar al probable responsable a dar información, proponer soluciones y darle seguimiento hasta que se resuelva. **VI:** Trabaja de la mano con las áreas del sistema penitenciario para atender quejas de familiares, defensores o personas presas, ya sea que se presenten directamente o ante la CNDH. **VII:** Lleva un registro de todas las quejas, arreglos y recomendaciones por violaciones a derechos humanos de servidores públicos de la Secretaría, y proporciona esa información cuando otras áreas la pidan para decidir sobre ascensos o premios. **VIII:** Responde a los requerimientos de la CNDH, la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX y otros organismos defensores. **IX:** Supervisa que la Secretaría cumpla las recomendaciones que aceptó de estas comisiones, pidiendo a las áreas correspondientes la información necesaria para verificar el avance.
- Art. 24La Coordinación General de la Unidad de Estrategia Táctica y Operaciones Especiales tiene varias tareas importantes. Se encarga de seguir y ejecutar las órdenes del jefe de la Secretaría sobre planes operativos, como operativos de seguridad, y supervisar que se cumplan. También analiza esos planes para asegurarse de que todo esté bien organizado y pueda funcionar sin problemas. Trabaja con otras autoridades de seguridad (federales, estatales y municipales) para planear acciones conjuntas, dirige las operaciones aéreas de la policía y estudia zonas de conflicto o riesgo para saber cómo prevenir problemas. Además, esta unidad debe informar constantemente cómo va la situación operativa de la Secretaría, evaluar si es necesario usar la fuerza pública en eventos con mucha gente, y diseñar planes para investigar delitos graves que afecten a la ciudad, como capturar a delincuentes de alto impacto o desarticular bandas criminales. Por último, también tiene otras funciones que le asigne la ley vigente.
- Art. 25El artículo 25 habla sobre lo que puede hacer la Dirección General de Atención Inmediata a Casos de Alto Impacto, que es una oficina encargada de delitos muy graves que afectan la seguridad en la Ciudad de México. Básicamente, esta dirección puede investigar y prevenir delitos que causen mucho miedo o daño a la gente, como los cometidos por organizaciones criminales. También puede trabajar junto con otras autoridades, como la policía de investigación, y compartir información para atrapar a los responsables. Además, tienen la facultad de usar técnicas especiales de investigación y proponer cómo aclarar los casos. Por último, pueden hacer otras tareas que les asigne la ley o sus jefes.
- Art. 26La Dirección General de Operaciones de Reacción e Intervención Inmediata tiene varias tareas importantes. Planea y lleva a cabo acciones para controlar disturbios, detener desórdenes y restablecer la paz en las calles. También supervisa que se cumplan órdenes de arresto y vigila que sus elementos trabajen con otras policías cuando sea necesario. Se asegura de dar protección rápida a víctimas y testigos de delitos, y propone capacitación para mejorar el trabajo. Además, puede formar equipos temporales para misiones especiales que ordene el jefe de la Secretaría.
- Art. 26 BisLa Dirección General de Servicios Aéreos tiene la tarea de organizar y vigilar todo lo relacionado con los vuelos de la policía, como asegurarse de que funcionen bien en emergencias, accidentes de tránsito o cuando se necesita una ambulancia aérea. También define las reglas para manejar, mantener y capacitar al personal que trabaja en estas operaciones aéreas. Debe supervisar que el taller donde se reparan las aeronaves cumpla con las leyes de aviación, y diseñar cómo funcionará el centro de entrenamiento para pilotos y técnicos. Además, se encarga de coordinar con otras instituciones en temas de seguridad y vialidad, y de seguir los procedimientos para usar los recursos de los helicópteros de la Secretaría.
- Art. 27Las Coordinaciones Generales de Policía de Proximidad tienen varias tareas importantes en la zona que les toca cuidar. Entre ellas, se encargan de organizar los planes y operativos de seguridad pública, y de diseñar operativos especiales cuando su jefe (el Secretario) lo pida, usando información de otra área de inteligencia. También deben coordinarse con las Alcaldías para ajustar los servicios de seguridad a lo que necesita cada colonia o barrio, y trabajar junto con los centros de control y comando (C2 y C5) para que todo funcione bien. Otra de sus obligaciones es asegurarse de que los policías respeten los derechos humanos y las leyes al hacer su trabajo, y supervisar que cumplan con sus deberes; también apoyan en los procesos internos para sancionar faltas y mantienen informados a sus superiores sobre lo que ocurre. Por último, pueden pedir apoyo de policías de otras zonas para operativos especiales, y coordinar la atención de solicitudes de otras autoridades para cumplir órdenes legales.
- Art. 28La Coordinación General de la Policía Metropolitana tiene varias tareas importantes. Entre ellas, organizar operativos policiacos, pero solo después de que otra área llamada Subsecretaría de Operación Policial dé el visto bueno. También puede autorizar acciones para prevenir delitos o faltas, según lo que se necesite en cada caso. Debe asegurarse de apoyar al gobierno de la Ciudad cuando pida ayuda de la fuerza pública para cumplir con sus decisiones. Además, se encarga de dirigir los servicios veterinarios para los caballos y otros animales que use la policía, y de garantizar que los grupos a su cargo tengan el equipo necesario y en buen estado. Por último, coordina planes de Protección Civil y hace cualquier otra cosa que le pida la ley.
- Art. 29Este artículo describe las tareas de las Direcciones Regionales de la Policía de Proximidad, que son como las oficinas que organizan a la policía en cada zona de la ciudad. Sus responsabilidades incluyen: - Decir cómo y cuándo aplicar los operativos de seguridad que ordene su jefe ("mando superior"), siempre siguiendo la ley y respetando los derechos humanos. - Mantener comunicación constante con las Alcaldías para ajustar la seguridad según las necesidades de cada colonia o barrio. - Asegurarse de que los policías de las Unidades de Protección Ciudadana tengan el personal y los recursos suficientes para hacer su trabajo, ya sea en operativos normales o especiales. - Revisar y aprobar las técnicas que usan los policías para que todo se haga con respeto y sin violar derechos humanos. - Vigilar y calificar el desempeño de los equipos de seguridad en su zona, además de cumplir con cualquier otra tarea que marquen las leyes vigentes.
- Art. 30La Dirección General de Operación de la Policía Metropolitana se encarga de varias cosas importantes. Por ejemplo, decide cómo se distribuyen los policías y el equipo entre las distintas áreas para que todo funcione bien tanto por dentro como por fuera. También define qué va a hacer la policía cada día y revisa que se usen bien los recursos que les dan. Planea el trabajo del año o para eventos especiales, y se asegura de que se sigan los planes de seguridad ciudadana. Además, evalúa los resultados de la policía cada mes, semestre y año para ver si están cumpliendo con las metas, y si algún policía trabaja bien, puede recibir estímulos. Por último, supervisa que todas las unidades sigan las reglas y protocolos para mejorar el servicio.
- Art. 31La Dirección General de Coordinación de Unidades de Apoyo Técnico es la encargada de vigilar y organizar a los equipos de apoyo en las estaciones de policía de la ciudad. También se asegura de que esos equipos sigan las reglas para manejar el dinero, los materiales y el personal, como las patrullas, la gasolina o los uniformes. Además, lleva un control de quién trabaja y qué necesita, como armamento o vehículos. Si encuentra algún problema en cómo se usan los recursos, debe reportarlo a los encargados de investigar faltas. Por último, puede hacer otras tareas que le pidan las leyes actuales.
- Art. 32Este artículo dice lo que debe hacer la Dirección Ejecutiva de Logística y Seguimiento Operativo, que es un área de la policía. Sus funciones principales son juntar y organizar los reportes de las diferentes áreas policiacas para que los jefes tomen decisiones, asegurarse de que los policías de proximidad tengan el equipo y recursos que necesiten a tiempo, y trabajar con abogados para responder a lo que pidan los jueces y ministerios públicos sobre los policías. También tiene que atender las quejas de los ciudadanos que llegan del Congreso de la Ciudad, platicando con las áreas operativas para dar una respuesta rápida. Además, se encarga de controlar las boletas que se envían al Juez Cívico y de supervisar a los policías que trabajan en el C5 (centro de monitoreo de la ciudad). Otras tareas incluyen coordinarse con el área jurídica para reportar robos o pérdidas de armas, planear la compra y el cuidado de armas y equipo de seguridad, y tramitar ante la Secretaría de la Defensa Nacional los permisos de portación de armas para el personal. Por último, puede hacer cualquier otra cosa que le pida la ley o los reglamentos.
- Art. 33La Dirección General de Aplicación de Normatividad de Tránsito se encarga de varias cosas. Por ejemplo, asegurarse de que los corralones funcionen bien y que los carros que se llevan ahí estén bien recibidos, cuidados y devueltos. También maneja todo lo relacionado con las multas de tránsito, como llevar el registro, guardarlas y controlarlas, y además supervisa los equipos y sistemas que se usan para aplicarlas, como las cámaras de fotoinfracciones. Otra de sus funciones es poner módulos de atención para los conductores multados y vigilar que se respeten los límites de velocidad en las calles. Por último, se encarga de coordinar los planes de tránsito, administrar los recursos de las oficinas que dependen de la Subsecretaría de Control de Tránsito, y hacer todo lo que digan las leyes actuales.
- Art. 34La Dirección General de Operación de Tránsito es la encargada de organizar y vigilar a los policías de tránsito, asegurándose de que sigan las reglas de tránsito y los planes viales. También diseña programas para mejorar el tráfico y prevenir accidentes, y se coordina con otros gobiernos e instituciones para hacer operativos viales. Se asegura de que haya suficiente equipo (como grúas y señalamientos) para que todo funcione bien. Además, define cómo se registran las infracciones, cómo se usan las grúas y cómo se administran los corralones. Por último, puede hacer todo lo que otras leyes le asignen.
- Art. 35Este artículo dice cuáles son las tareas de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, que es la oficien encargada del tráfico en las calles. Ellos diseñan planes para mejorar el tránsito de vehículos y revisan que se cumplan. También se encargan de poner y mantener los semáforos, señalamientos y cámaras de vigilancia. Además, hacen campañas para enseñar a la gente a manejar con seguridad y prevenir accidentes. Por último, trabajan con otras dependencias y usan tecnología para controlar mejor el tráfico.
- Art. 36El Artículo 36 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que lo quitaron oficialmente, como si lo borraran del documento. Así que ya no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía ese artículo.
- Art. 37La Dirección General de Participación Ciudadana tiene varias tareas para que tú puedas opinar y ayudar en temas de seguridad. Por ejemplo, debe mantener comunicación abierta para recibir tus sugerencias, quejas o solicitudes sobre seguridad, y luego turnarlas al área que las pueda resolver. También tiene que informarte sobre programas y encuestas para que puedas participar en cómo mejorar los servicios de seguridad. Además, debe promover que grupos organizados, como vecinos o escuelas, identifiquen zonas peligrosas y reporten información para que las autoridades actúen. Otra función es fomentar una cultura de denuncia y prevención del delito mediante talleres, pláticas y ferias, y colaborar con otras instituciones para mejorar la seguridad en toda la ciudad.
- Art. 38La Dirección General de Prevención del Delito tiene varias tareas importantes para evitar que ocurran delitos. Se encarga de crear y revisar programas y políticas para prevenir la delincuencia, tanto en escuelas, centros culturales y espacios públicos como en lugares privados. También recopila y estudia información para entender cómo operan los delincuentes y así anticiparse a ellos. Además, realiza estudios para identificar las zonas y grupos más vulnerables, y trabaja junto con otras instituciones nacionales e internacionales para compartir experiencias y mejorar la seguridad. Por último, puede hacer otras actividades que le indiquen las leyes vigentes.
- Art. 38 BisLa Dirección General de la Brigada de Vigilancia Animal se encarga de seis cosas principales: promover que la gente cuide y respete a los animales como se debe, atender emergencias cuando un animal sea agresivo y peligroso, proteger a los animales que estén sufriendo maltrato o en riesgo de morir, ayudar a organizaciones civiles para llevar animales lastimados a refugios o albergues, y denunciar ante las autoridades a quienes organicen peleas de perros o hagan cualquier cosa que dañe a los animales. También puede hacer otras tareas que le pidan otras leyes o reglamentos.
- Art. 39La Dirección Ejecutiva de Salud y Bienestar Social se encarga de varias tareas. Entre ellas, debe asegurar que el personal de la Secretaría tenga acceso a servicios médicos básicos y checar que los consultorios funcionen bien. También tiene que organizar campañas de salud para prevenir enfermedades y vigilar que los policías heridos en servicio reciban atención médica en hospitales. Además, puede crear estrategias para promover actividades culturales, deportivas y sociales, y representa a la Secretaría ante instituciones de deporte. Por último, debe cumplir con cualquier otra tarea que le pida la ley.
- Art. 40El artículo dice que el jefe del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas tiene varias funciones importantes. Por ejemplo, debe definir las reglas para atender a enfermos o heridos que estén en la calle, y asegurarse de que todos los servicios de rescate y ambulancias sigan la ley. También debe coordinarse con otras autoridades (como protección civil) para atender emergencias o desastres, y capacitar al personal con nuevos métodos de trabajo. Además, puede supervisar a los grupos de voluntarios que ayudan en rescates y proponer mejoras a las reglas que los controlan. Finalmente, tiene que hacer todo lo demás que le exijan las normas vigentes.
- Art. 41Este artículo dice cuáles son las tareas de la Dirección General de Carrera Policial. Básicamente, es el área encargada de planear y supervisar todo lo relacionado con la vida laboral de los policías, desde que entran hasta que se van. Por ejemplo, define cómo reclutar nuevos policías, capacitarlos, evaluar su desempeño y decidir sus ascensos. También se encarga de crear los formatos y documentos necesarios para que todo funcione, así como de llevar un expediente (llamado kardex) de cada oficial. Por último, coordina los reconocimientos o premios para los agentes que se portan bien, y tiene que hacer todo lo demás que digan otras leyes.
- Art. 42La Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza se encarga de aplicar las pruebas de confianza para checar si alguien puede entrar, quedarse o subir de puesto en la Secretaría de Seguridad Ciudadana, o si personas de otras instituciones quieren unirse y lo piden. También emite el Certificado Único Policial (como un carnet oficial) y otros documentos para la licencia colectiva de portación de armas. Da a conocer los resultados definitivos de esas evaluaciones a los jefes de la Secretaría y a otras autoridades relevantes. Maneja los sistemas de computadora donde guarda toda esa información, y colabora con otras áreas internas, como la de control o asuntos internos, cuando sea necesario. Además, puede pedir antecedentes del evaluado a instancias públicas o privadas, incluso del extranjero, y verifica que todo esté completo durante el proceso.
- Art. 43Este artículo explica las tareas que tiene la Dirección General de la Comisión de Honor y Justicia, que es como el área encargada de llevar los asuntos disciplinarios de los policías. Básicamente, su trabajo es ayudar a que los procesos disciplinarios contra el personal policial se hagan de manera ordenada, revisando documentos, registrando faltas y elaborando papeles como actas o notificaciones. También se encarga de avisar a las áreas correspondientes cuando hay errores en los reportes que mandan, para que los corrijan antes de iniciar un proceso. Además, prepara los proyectos de decisión final y los presenta a la Comisión para que ellos los aprueben o voten, pero ella no toma la decisión final, solo organiza todo el papeleo y las notificaciones.
- Art. 44La Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional tiene varias tareas, como vigilar y regular a las personas o empresas que ofrecen servicios de seguridad privada. También puede hacer visitas para verificar que todo esté en orden y mantener un registro de quiénes están autorizados para trabajar en ese ramo. Debe informar a otras autoridades si encuentra irregularidades y atender los requerimientos que le hagan. Además, puede aprobar sistemas de seguridad en negocios y dar opiniones sobre permisos relacionados con armas de fuego o explosivos.
- Art. 45La Coordinación General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México es la encargada de manejar y representar legalmente a esa universidad. Entre sus tareas principales está diseñar y aplicar los programas de estudio y capacitación para los policías, desde su formación inicial hasta cursos de especialización y para jefes. También se encarga de revisar que los planes de estudio sean equivalentes entre sí, de certificar las habilidades de los policías y de tramitar los registros oficiales de los cursos ante las autoridades educativas. Además, puede hacer convenios con otras escuelas, tanto de México como del extranjero, y hasta publicar los trabajos de investigación que hagan los estudiantes o maestros de la Secretaría. En pocas palabras, esta coordinación supervisa todo lo relacionado con la enseñanza y preparación de los policías en la Ciudad de México.
- Art. 46La Dirección General de Inteligencia Policial se encarga de juntar, estudiar y usar información para prevenir y combatir delitos. Analiza cómo operan las bandas criminales para poder desmantelarlas y crea pistas para las investigaciones. También intercambia datos con otras agencias de policía, tanto de México como del extranjero, siempre siguiendo las reglas. Además, supervisa la información que llega de cámaras de vigilancia y propone formas de evitar delitos. Por último, guarda en secreto los datos importantes y apoya a otras áreas para detener a delincuentes.
- Art. 47El artículo 46 le da a la Dirección General de Investigación Cibernética y Operaciones Tecnológicas varias tareas para combatir delitos por internet. Entre sus funciones están: vigilar la red para prevenir delitos, ayudar a las autoridades a rastrear correos sospechosos, analizar computadoras o equipos usados en fechorías, y pedir que bajen páginas web peligrosas. También debe promover que la gente sepa cómo identificar y denunciar estos delitos, y generar alertas sobre grupos criminales que usan tecnología. Por último, puede investigar en campo y detener a quienes cometan estos delitos.
- Art. 48La Dirección General de Análisis Táctico e Investigación de Gabinete (un área de la policía) tiene estas tareas: - Junta y organiza toda la información de los sistemas policiacos para crear bases de datos que ayuden a combatir el crimen. - Planea y analiza información de manera ordenada para prevenir e investigar delitos. - Crea métodos para estudiar datos tácticos (es decir, sobre cómo operan los criminales) y así luchar contra la delincuencia. - Revisa cómo trabajan las bandas criminales para identificar pistas de investigación. - Propone reglas para manejar documentos y datos dentro de la Secretaría, para que no se filtren. - También hace todo lo demás que digan las leyes actuales.
- Art. 49La Dirección General de Información y Estadística es la encargada de juntar y analizar los datos sobre delitos y todo lo que lleva a cometerlos, basándose en lo que reporta la policía. Con esa información, arma reportes útiles para proponer acciones que prevengan o corrijan esos problemas. También lleva estadísticas de cómo trabaja la policía y hace mapas para ubicar las zonas donde hay más delitos. Su chiste es usar técnicas de análisis para que los jefes policiacos tomen mejores decisiones y puedan investigar los casos de manera más inteligente.
- Art. 50La Dirección General de Evaluación, Planeación y Supervisión Estratégica tiene varias tareas importantes. Entre ellas, proponer cómo deben trabajar los policías usando tecnología para mejorar la seguridad, y también crear formas de evaluar si la policía está haciendo bien su trabajo. Además, se encarga de coordinar los vuelos de la policía, como helicópteros para emergencias, vialidad o ambulancias aéreas, y define las reglas para su uso y mantenimiento. También maneja los sistemas de telecomunicaciones y redes de la Secretaría, asegurándose de que funcionen bien y que la información delictiva esté protegida. Por último, da mantenimiento al portal web de la institución y verifica que los programas de computadora que usan sean legales y estén controlados.
- Art. 51La Dirección General de Atención a Casos de Secuestro y Extorsión tiene varias tareas importantes. Su trabajo principal es prevenir e investigar secuestros y extorsiones, pero siempre siguiendo las órdenes del Ministerio Público (que es la autoridad encargada de perseguir los delitos). También ayuda a las personas que están pasando por una crisis de secuestro, dándoles asesoría sobre cómo manejar la situación. Por otro lado, se encarga de hacer estudios para entender el perfil psicológico de los sospechosos y así negociar mejor. Además, apoya a las víctimas para que puedan denunciar el delito ante el Ministerio Público y recopila información, como voces o datos de la ciudadanía, para encontrar y detener a los responsables. Finalmente, trabaja en equipo con la policía de investigación y otras autoridades para cumplir con las órdenes de jueces y fiscales.
- Art. 52Este artículo habla sobre lo que puede hacer la Dirección General de Investigación de Delitos de Mayor Incidencia (la policía que investiga los delitos más graves como robos, homicidios o narcomenudeo). Su trabajo principal es investigar estos delitos, pero siempre siguiendo las órdenes del Ministerio Público (el fiscal). También pueden diseñar estrategias para buscar pruebas, entrevistar testigos y encontrar a los responsables, incluso detenerlos si es necesario. Además, colaboran con otras autoridades y comparten información para prevenir y combatir estos delitos. Por último, pueden realizar acciones como vigilar lugares públicos o desarticular bandas que vendan droga en pequeñas cantidades.
- Art. 53Este artículo explica lo que puede hacer la Dirección General de Investigación de Campo, que es un área de la policía. Su trabajo principal es ayudar al Ministerio Público (el que acusa en los juicios) a investigar delitos que no sean muy graves o especiales. Ellos pueden buscar pistas, juntar pruebas y localizar o atrapar a sospechosos, siempre siguiendo órdenes de los jueces o del Ministerio Público. También tienen la tarea de compartir información con otras autoridades, como la policía de otros estados o del gobierno federal, para prevenir delitos. En resumen, esta dirección se encarga de investigar y reunir evidencia para aclarar los delitos y atrapar a los responsables, pero siempre bajo el mando del Ministerio Público.
- Art. 54El Director de Comunicaciones tiene el trabajo de poner reglas para usar programas de otras compañías y llevar un control de ellos. También debe revisar que las computadoras y sistemas se usen bien y que sigan siendo modernos. Planea cómo funcionan las redes de internet, teléfono e imágenes, y da apoyo técnico para arreglar problemas con equipos o programas. Se encarga de dar mantenimiento a las computadoras, repartirlas entre las oficinas y ayudar a pedir lo que se necesita para comprar tecnología nueva. Además, actualiza las reglas de cómo usar la tecnología en la institución y hace análisis para mejorar los servicios y programas. Y cualquier otra cosa que digan las leyes vigentes.
- Art. 55La Dirección Ejecutiva de Enlace Institucional tiene la labor de resolver broncas que surjan en la calle, como manifestaciones o grupos que bloqueen el paso, buscando que todo vuelva a la normalidad. También debe hablar con los líderes de estos grupos para entender sus peticiones y pasarlas a las autoridades correctas, además de ayudar a que la vía pública esté libre de obstáculos. Antes de un operativo, tiene que revisar el ambiente para evitar riesgos, y durante marchas o eventos grandes, debe priorizar el diálogo y la mediación antes de usar la fuerza. Finalmente, cuando jueces o fiscales pidan apoyo para cumplir órdenes, esta dirección debe coordinarse para evitar pleitos y uso de la fuerza pública, además de hacer cualquier otra cosa que diga la ley.
- Art. 56El Artículo 56 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Eso significa que ya no debes cumplir con lo que ese artículo decía antes. Cuando una ley "deroga" un artículo, lo borra oficialmente. Entonces, si antes tenías alguna obligación o derecho basado en ese artículo, ya no es válido.
- Art. 56 BisEste artículo explica qué puede hacer la Policía de Investigación encargada de los reclusorios de la Ciudad de México. Básicamente, su trabajo es juntar y estudiar información sobre lo que pasa dentro de las cárceles para prevenir delitos. También puede usar agentes secretos (operaciones encubiertas) y hablar con informantes para descubrir a los grupos criminales que operan dentro y fuera de los penales. Si encuentra algo que parece delito, se lo tiene que reportar al Ministerio Público (la autoridad que investiga los delitos). Además, puede compartir información con policías de otros estados o del país para evitar que las bandas criminales pongan en riesgo el sistema de cárceles.
- Art. 56 QuaterClaro, aquí está la explicación en lenguaje sencillo: Este artículo describe las tareas de un área del gobierno de la Ciudad de México que se encarga de ayudar a las personas que están en la cárcel a reintegrarse a la sociedad. Entre sus funciones están: asegurarse de que se sigan los planes para evaluar y tratar a los presos, supervisar los programas de educación (desde aprender a leer y escribir hasta la universidad), y promover actividades como deportes, cultura y recreación para que los reclusos ocupen su tiempo de manera positiva. También pueden autorizar la participación de organizaciones civiles o religiosas que quieran dar apoyo dentro de las prisiones, y llevar un registro detallado de cada persona privada de su libertad para saber cómo va su proceso. En pocas palabras, este organismo busca que los presos tengan oportunidades de estudiar, trabajar y mejorar su comportamiento para cuando salgan de la cárcel.
- Art. 56 TerEste artículo explica qué puede hacer una oficina del gobierno, llamada Dirección General de Atención Especializada para Adolescentes, que está dentro del Sistema Penitenciario. Básicamente, se encarga de aplicar los castigos que un juez les impone a adolescentes y adultos jóvenes que cometieron un delito, ya sea que estén encerrados o no. También vigila que los centros donde están estos jóvenes funcionen bien, y propone leyes y programas para ayudar a que se reintegren a la sociedad y a su familia mediante el trabajo, estudio, salud o deporte. Además, supervisa que no se cometan delitos dentro de esos centros, decide en cuál de ellos debe estar cada joven, y se asegura de que se respeten sus derechos humanos. Por último, puede pedirle al juez que un joven salga antes de cumplir su condena si ya cumplió con lo necesario para reintegrarse.
- Art. 57La Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas es como el encargado de que todo sea claro y transparente en la Secretaría. Su trabajo incluye representar a la Secretaría en asuntos de rendición de cuentas, ayudar a que los servidores públicos participen en esto, y preparar informes cuando se los pidan autoridades superiores. También conecta a las diferentes áreas de la Secretaría con las autoridades que revisan el dinero y los gastos, para que se atiendan las observaciones o recomendaciones de las auditorías. Además, se encarga de coordinar las auditorías que hacen los órganos fiscalizadores (los que vigilan el uso de recursos) y de informar a las áreas sobre lo que resulte de esas revisiones.
- Art. 57 BisEl Artículo 57 Bis fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no debes preocuparte por lo que decía, porque simplemente ya no aplica. "Derogar" es la palabra legal para decir que una regla se quita o se cancela de manera oficial. Así que, para efectos prácticos, ese artículo es como si nunca hubiera estado.
- Art. 58La Dirección General de Desarrollo Organizacional y Administrativo tiene varias tareas. Se encarga de coordinar cambios en la estructura de la Secretaría y de tramitar permisos ante la autoridad. También revisa y da su visto bueno para los catálogos de sueldos y los manuales de operación de las policías Auxiliar y Bancaria e Industrial. Además, hace proyectos para mejorar la administración y asesora a las áreas de la Secretaría para que funcionen mejor. Por último, elabora documentos legales y administrativos necesarios para el buen trabajo de las unidades.
- Art. 59El Artículo 59 dice que la Dirección General de Administración de Personal tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, puede proponer reglas para controlar cómo funciona el sistema de administración del personal de la Secretaría, y también decide cómo reclutar, contratar y capacitar a los trabajadores. Además, autoriza los cambios de horario, de adscripción (cambio de área de trabajo) y las licencias sin sueldo. Vigila que se cumplan las leyes laborales y aplica las decisiones de la Comisión de Honor y Justicia (que resuelve asuntos de disciplina). Por último, coordina los estímulos y recompensas, y formaliza cuando un trabajador termina su nombramiento (su contrato o cargo).
- Art. 60La Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios se encarga de comprar, cuidar y administrar todo lo que necesita la Secretaría para funcionar, como materiales, vehículos, edificios, comida y servicios. Entre sus tareas están hacer planes anuales de compras, checar que los proveedores cumplan con los contratos, asegurar los bienes de la dependencia y supervisar los inventarios. También vigila que los almacenes guarden bien las cosas, que los carros tengan mantenimiento y combustible, y que las instalaciones estén en buen estado. Además, coordina servicios como fotocopiado, impresión de documentos, limpieza y comedores. En resumen, se asegura de que todo lo necesario para el trabajo diario esté disponible, en orden y en buen estado.
- Art. 61El Artículo 61 explica las responsabilidades de la Dirección General de Finanzas. Básicamente, esta área se encarga de planear y controlar todo el dinero que usa la Secretaría, como armar el presupuesto anual y vigilar que se gaste correctamente según las reglas. También revisa los documentos que justifican los gastos, autoriza que haya presupuesto disponible para las diferentes áreas y lleva los registros bancarios y financieros en los sistemas oficiales. Además, guarda los papeles importantes de los gastos, propone programas y mide si se están cumpliendo las metas, y da su opinión si algún proyecto puede afectar el presupuesto. Por último, autoriza contratar servicios profesionales por honorarios y hace los trámites para cerrar las cuentas al final del año.
- Art. 62El artículo 62 dice que los jefes de la Policía Auxiliar y de la Bancaria e Industrial son los encargados de manejar y organizar a esos cuerpos policiacos. Cada una de estas policías tiene su propio director general, que es quien se encarga de todo lo relacionado con su funcionamiento. En otras palabras, son los directores quienes deciden cómo se operan y administran estas policías.
- Art. 63La Policía Auxiliar y la Policía Bancaria e Industrial ofrecen servicios de vigilancia y seguridad para cuidar personas, bienes, valores y propiedades. Estos servicios están disponibles para dependencias del gobierno federal, de la Ciudad de México, órganos autónomos, empresas y personas particulares. Quienes los soliciten deben pagar una cuota que deciden los directores de cada policía, y esa cuota se publica cada año en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Los servicios pueden ser en la calle, afuera o adentro de edificios, cuidando bienes y valores, o protegiendo a una persona en específico.
- Art. 64El jefe de la Secretaría puede pedirle a la Policía Auxiliar y a la Bancaria e Industrial que mantengan el orden en la calle, despejen la vía pública o quiten obstáculos, pero solo si las Alcaldías o la Secretaría de Gobierno los contratan para eso. Si hay una emergencia, desastre o peligro para la paz en alguna zona de la ciudad, ese mismo jefe puede ordenarles directamente que hagan labores de vigilancia, patrullaje, control de tránsito y quiten lo que estorbe el paso, sin necesidad de que los contrate nadie más.
- Art. 65La Oficialía Mayor (una oficina del gobierno) va a revisar y darle seguimiento a los reportes financieros que hagan la Policía Bancaria e Industrial y la Policía Auxiliar. Estas policías deben registrar cómo usan su dinero y controlar lo que gastan del presupuesto que les toca como unidades que ejecutan proyectos. Las dos policías tienen que entregar esa información a la Oficialía Mayor en las fechas y con los datos que esta les pida. Si es necesario, la Oficialía Mayor les hará recomendaciones para que hagan mejor su trabajo administrativo.
- Art. 66Las Direcciones Generales de la Policía Bancaria, Industrial y Auxiliar tienen varias tareas importantes. Ellas dirigen y mandan a su propia corporación, y también autorizan cómo se va a prestar el servicio de seguridad y vigilancia. Pueden hacer contratos con personas o empresas, y decidir cuánto cuestan esos servicios. También representan a la corporación ante jueces o autoridades, y se encargan de hacer programas de capacitación y de compras necesarias para que todo funcione bien.
- Art. 67Cuando el secretario o secretaria falte por menos de 30 días seguidos, su trabajo lo van a hacer los jefes de las subsecretarías y otras áreas, en este orden: primero el de Operación Policial, luego Control de Tránsito, y así hasta llegar al de Asuntos Jurídicos. Si la falta es definitiva, es decir, que ya no va a regresar, entonces el que sigue en esa lista se queda como encargado temporal, pero con el título de "interino". Si ese interino también se va para siempre, se aplican las reglas del artículo siguiente para elegir a quien lo reemplace.
- Art. 68Cuando el jefe de una Subsecretaría o de la Oficialía Mayor falta por un ratito, lo reemplaza el empleado que le sigue en jerarquía, pero solo para atender los asuntos que son responsabilidad de ese jefe. Lo mismo pasa con los jefes de Coordinaciones Generales, Direcciones Generales Regionales de la Policía de Proximidad, y Direcciones Generales o Ejecutivas: los suple el trabajador de rango inmediato inferior, siempre según lo que le toque hacer a cada quien.
- Art. 69El artículo 69 dice que, cuando falte un trabajador de la Secretaría, su lugar lo ocupará el que tenga el puesto de menor nivel justo debajo de él. Eso solo aplica para los asuntos que ese trabajador sí podía atender, según las reglas que ya están establecidas. En otras palabras, los jefes y empleados tienen sustitutos asignados automáticamente por su cargo cercano.
- Art. 70La Comisión de Honor y Justicia es un grupo de personas que se encarga de revisar asuntos de disciplina dentro de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Los miembros de esta comisión participan de manera voluntaria o porque su puesto en el gobierno de la ciudad así lo requiere. Esto significa que no reciben ningún pago extra por el trabajo que hacen en esta comisión, solo cumplen con su labor como parte de sus funciones normales. En pocas palabras, nadie cobra un sueldo adicional por estar ahí.
- Art. 71El Artículo 71 dice que la Comisión de Honor y Justicia, además de lo que ya hace por ley, tiene dos trabajos más. El primero es revisar y decidir sobre la suspensión temporal de policías de la Secretaría, ya sea para prevenir algo o como castigo, siguiendo las reglas correspondientes. El segundo es revisar y resolver los casos en que se despide a un policía de la Ciudad de México, también conforme a la ley. Después vienen reglas para la entrada en vigor de este reglamento, que fue el 1 de marzo de 2020, y para cambios administrativos, como hacer manuales, ajustar presupuestos y personal, y reemplazar reglamentos anteriores.