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Artículo 48 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Análisis Táctico e Investigación de Gabinete (un área de la policía) tiene estas tareas: - Junta y organiza toda la información de los sistemas policiacos para crear bases de datos que ayuden a combatir el crimen. - Planea y analiza información de manera ordenada para prevenir e investigar delitos. - Crea métodos para estudiar datos tácticos (es decir, sobre cómo operan los criminales) y así luchar contra la delincuencia. - Revisa cómo trabajan las bandas criminales para identificar pistas de investigación. - Propone reglas para manejar documentos y datos dentro de la Secretaría, para que no se filtren. - También hace todo lo demás que digan las leyes actuales.

Texto oficial

Artículo 48.- Son atribuciones de la Dirección General de Análisis Táctico e Investigación de Gabinete: I. Recopilar, clasificar, registrar y explotar los sistemas de información policial, para conformar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones contra la delincuencia; II. Realizar acciones sistematizadas para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de la información para la prevención y combate a los delitos, en el ámbito de competencia de la Secretaría; III. Desarrollar los métodos de análisis y clasificación de información táctica que permita prevenir y combatir a la delincuencia; IV. Analizar y clasificar la información de la estructura y los modos de operación de las organizaciones delictivas a fin de poder determinar, en el ámbito de su competencia, líneas de investigación policial; V. Elaborar las propuestas de procedimientos para el manejo de documentación e información al interior de la Secretaría, a fin de evitar fugas de información, y VI. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

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