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Artículo 54 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director de Comunicaciones tiene el trabajo de poner reglas para usar programas de otras compañías y llevar un control de ellos. También debe revisar que las computadoras y sistemas se usen bien y que sigan siendo modernos. Planea cómo funcionan las redes de internet, teléfono e imágenes, y da apoyo técnico para arreglar problemas con equipos o programas. Se encarga de dar mantenimiento a las computadoras, repartirlas entre las oficinas y ayudar a pedir lo que se necesita para comprar tecnología nueva. Además, actualiza las reglas de cómo usar la tecnología en la institución y hace análisis para mejorar los servicios y programas. Y cualquier otra cosa que digan las leyes vigentes.

Texto oficial

Artículo 54. Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Comunicaciones: I. Establecer las políticas y procedimientos para el uso de programas de cómputo de terceros y llevar el registro y control de los mismos; II. Realizar las auditorías de los sistemas informáticos para asegurar que éstos sean utilizados adecuadamente y verificar su vigencia tecnológica; III. Planear, diseñar, instrumentar y administrar las redes de voz, datos e imágenes; IV. Proporcionar el soporte técnico en materia de sistemas informáticos y de equipos tecnológicos; V. Elaborar y ejecutar los programas de mantenimiento del equipo informático, así como efectuar el registro y la asignación del mismo a las unidades; VI. Coordinar la elaboración de solicitudes de requerimientos técnicos para la adquisición de bienes y servicios informáticos, equipos tecnológicos y servicios de transmisión de voz, datos e imágenes de la Institución; VII. Efectuar la distribución de los equipos tecnológicos que se adquieran para la Secretaría; VIII. Expedir y actualizar las políticas para el uso de las tecnologías de información de la Secretaría; IX. Efectuar el análisis para la implementación de metodologías y mejores prácticas para soporte de los servicios informáticos y el desarrollo de sistemas de información de la Secretaría, y X. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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