Artículo 38 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Prevención del Delito tiene varias tareas importantes para evitar que ocurran delitos. Se encarga de crear y revisar programas y políticas para prevenir la delincuencia, tanto en escuelas, centros culturales y espacios públicos como en lugares privados. También recopila y estudia información para entender cómo operan los delincuentes y así anticiparse a ellos. Además, realiza estudios para identificar las zonas y grupos más vulnerables, y trabaja junto con otras instituciones nacionales e internacionales para compartir experiencias y mejorar la seguridad. Por último, puede hacer otras actividades que le indiquen las leyes vigentes.
Texto oficial
Artículo 38. Son atribuciones de la Dirección General de Prevención del Delito: I. Diseñar, proponer, instrumentar y evaluar la operación de políticas y programas en materia de prevención del delito; II. Diseñar y proponer programas comunitarios adecuados para prevenir el delito en centros educativos, culturales, sociales, recreativos, espacios públicos sociales y privados, a fin de que sean valorados y se determine su posible ejecución para fomentar la seguridad; III. Proponer y desarrollar programas, mecanismos, procedimientos y acciones eficaces, destinadas a obtener, analizar, estudiar, procesar y difundir información en materia de prevención del delito; IV. Planear, evaluar y operar la prevención del delito en forma coordinada con las áreas competentes; V. Analizar y procesar información que permita identificar personas, grupos, organizaciones, zonas prioritarias y modos de operación vinculados con delitos, a fin de prevenirlos; VI. Realizar diagnósticos que permitan focalizar y atender a zonas y grupos vulnerables como medida para la prevención del delito; VII. Elaborar y proponer la difusión de instrumentos sobre prevención del delito que sean útiles a los organismos empresariales, cámaras, organizaciones no gubernamentales, líderes de opinión, centros académicos, asociaciones y ciudadanía en general; VIII. Participar en el intercambio de experiencias con entidades federativas e instituciones nacionales e internacionales de carácter público o privado, respecto de la prevención del delito; IX. Elaborar estudios y diagnósticos sobre los factores de riesgo social, para focalizar sectores y delitos de urgente atención preventiva, considerando las condiciones de marginación, exclusión, rezago social y pobreza como factores causales del entorno delincuencial, y X. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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