Artículo 24 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Coordinación General de la Unidad de Estrategia Táctica y Operaciones Especiales tiene varias tareas importantes. Se encarga de seguir y ejecutar las órdenes del jefe de la Secretaría sobre planes operativos, como operativos de seguridad, y supervisar que se cumplan. También analiza esos planes para asegurarse de que todo esté bien organizado y pueda funcionar sin problemas. Trabaja con otras autoridades de seguridad (federales, estatales y municipales) para planear acciones conjuntas, dirige las operaciones aéreas de la policía y estudia zonas de conflicto o riesgo para saber cómo prevenir problemas. Además, esta unidad debe informar constantemente cómo va la situación operativa de la Secretaría, evaluar si es necesario usar la fuerza pública en eventos con mucha gente, y diseñar planes para investigar delitos graves que afecten a la ciudad, como capturar a delincuentes de alto impacto o desarticular bandas criminales. Por último, también tiene otras funciones que le asigne la ley vigente.
Texto oficial
Artículo 24. Son atribuciones de la Coordinación General de la Unidad de Estrategia Táctica y Operaciones Especiales: I. Coordinar y ejecutar las decisiones de la persona titular de la Secretaría, relativas a los planes y estrategias operativas, supervisando su cumplimiento; II. Efectuar el análisis de los planes y estrategias de los operativos a realizar, para verificar que contengan las acciones que garanticen su óptimo desarrollo; III. Establecer mecanismos de coordinación con autoridades de seguridad pública Federal, Estatales y Municipales para la planeación y operación de programas, acciones y operativos conjuntos, en el ámbito de su competencia; III Bis. Dirigir las operaciones aéreas policiales, así como supervisar los planes y programas en materia aeronáutica; IV. Realizar el diagnóstico de zonas de conflicto social y riesgo, para crear criterios de prevención y actuación; V. Proporcionar puntual y constantemente la información acerca de la situación operativa de la Secretaría; VI. Evaluar la pertinencia del uso de la fuerza pública, para el control de contingentes sociales; VII. Establecer planes y estrategias para la investigación en campo de asuntos que, por sus efectos, trascendencia, impacto mediático y/o elevada incidencia, afecten gravemente la seguridad de los habitantes de la Ciudad; VIII. Establecer directrices de actuación para llevar a cabo labores de investigación orientadas a la identificación, ubicación y captura de imputados de la comisión de delitos de alto impacto, así como identificar la estructura y modus operandi de las organizaciones delictivas, para la implementación de operativos para su desarticulación; IX. Diseñar estrategias y operativos que permitan la verificación de información sobre fenómenos delictivos en la Ciudad, la identificación de los sujetos que la generan y las posibles alternativas para su desarticulación, y X. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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