Artículo 32 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice lo que debe hacer la Dirección Ejecutiva de Logística y Seguimiento Operativo, que es un área de la policía. Sus funciones principales son juntar y organizar los reportes de las diferentes áreas policiacas para que los jefes tomen decisiones, asegurarse de que los policías de proximidad tengan el equipo y recursos que necesiten a tiempo, y trabajar con abogados para responder a lo que pidan los jueces y ministerios públicos sobre los policías. También tiene que atender las quejas de los ciudadanos que llegan del Congreso de la Ciudad, platicando con las áreas operativas para dar una respuesta rápida. Además, se encarga de controlar las boletas que se envían al Juez Cívico y de supervisar a los policías que trabajan en el C5 (centro de monitoreo de la ciudad). Otras tareas incluyen coordinarse con el área jurídica para reportar robos o pérdidas de armas, planear la compra y el cuidado de armas y equipo de seguridad, y tramitar ante la Secretaría de la Defensa Nacional los permisos de portación de armas para el personal. Por último, puede hacer cualquier otra cosa que le pida la ley o los reglamentos.
Texto oficial
Artículo 32. Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Logística y Seguimiento Operativo: I. Coordinar la recopilación e integración de informes y novedades elaborados por las áreas adscritas a la Subsecretaría de Operación Policial, que coadyuven a la adecuada toma de decisiones; II. Garantizar que los recursos en materia técnico operativa le sean asignados en tiempo y forma a las unidades que conforman la Policía de Proximidad; III. Generar de manera coordinada con la Dirección General de Asuntos Jurídicos las acciones para la atención de requerimientos de autoridades judiciales y ministeriales sobre información relacionada con el personal policial adscrito a la Subsecretaría de Operación Policial; IV. Atender de manera conjunta con la Oficina de la Secretaría las demandas ciudadanas captadas por el Congreso de la Ciudad, estableciendo comunicación con las áreas operativas para su pronta respuesta; V. Asegurar la administración y control de las boletas de remisión al Juez Cívico para su ministración a las Unidades Operativas Policiales; VI. Coordinar, dirigir y supervisar la actuación del personal policial asignado al cumplimiento de funciones policiales en el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5); VII. Establecer la coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que intervenga en la presentación de denuncias por daños, robo y/o extravío del armamento asignado a los servidores públicos de la Secretaría; VIII. Coordinar y programar la solicitud, adquisición, ministración, almacenamiento, mantenimiento y control de armamento, municiones y equipo de seguridad; IX. Gestionar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, la actualización y revalidación de la Licencia Oficial Colectiva, para la portación de armas de fuego para el personal de la Secretaría, y X. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.