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Artículo 70 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Honor y Justicia es un grupo de personas que se encarga de revisar asuntos de disciplina dentro de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Los miembros de esta comisión participan de manera voluntaria o porque su puesto en el gobierno de la ciudad así lo requiere. Esto significa que no reciben ningún pago extra por el trabajo que hacen en esta comisión, solo cumplen con su labor como parte de sus funciones normales. En pocas palabras, nadie cobra un sueldo adicional por estar ahí.

Texto oficial

Artículo 70. La Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México es el órgano colegiado integrado en los términos que establece la Ley. La participación de sus integrantes es de carácter honorífico o por razón del cargo que desarrollan en la Administración Pública de la Ciudad de México, por lo que no tendrán derecho a percepción de retribución alguna por sus servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.