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Artículo 41 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cuáles son las tareas de la Dirección General de Carrera Policial. Básicamente, es el área encargada de planear y supervisar todo lo relacionado con la vida laboral de los policías, desde que entran hasta que se van. Por ejemplo, define cómo reclutar nuevos policías, capacitarlos, evaluar su desempeño y decidir sus ascensos. También se encarga de crear los formatos y documentos necesarios para que todo funcione, así como de llevar un expediente (llamado kardex) de cada oficial. Por último, coordina los reconocimientos o premios para los agentes que se portan bien, y tiene que hacer todo lo demás que digan otras leyes.

Texto oficial

Artículo 41. Son atribuciones de la Dirección General de Carrera Policial: I. Planear, implantar, dirigir, supervisar y evaluar el Servicio Profesional de Carrera Policial; II. Elaborar los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, reingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción, reconocimiento, así como de la separación o baja del servicio que constituyen el Sistema de Carrera Policial del Servicio Profesional de Carrera Policial; III. Diseñar los documentos normativos que regulen el Servicio Profesional de Carrera Policial; IV. Diseñar documentos normativos que regulen, orienten y sustenten la actuación policial; V. Elaborar y actualizar los Procedimientos, Instructivos y Formatos que se utilicen en el Servicio Profesional de Carrera Policial; VI. Diseñar, ejecutar y evaluar el Programa para la Detección de Necesidades en materia de capacitación de la Policía de Proximidad; VII. Diseñar el proceso de aplicación de las evaluaciones del desempeño del personal Policial; VIII. Colaborar en la elaboración de los programas de capacitación que se implementen en la Universidad de la Policía de la Ciudad de México; IX. Validar los perfiles y descripción de los grados y jerarquías, para el reclutamiento, selección y promoción de ascensos; X. Participar en el funcionamiento de las Comisiones Técnicas previstas en la Ley; XI. Proponer mecanismos de supervisión del desarrollo de la Carrera Policial; XII. Participar en el procedimiento de la emisión del Certificado Único Policial; XIII. Participar en los programas de evaluación del desempeño y evaluación de competencias; XIV. Diseñar, implantar y actualizar el Kardex policial para el desarrollo del servicio profesional de carrera policial, y XIV Bis. Coordinar los procedimientos para la promoción y el otorgamiento de condecoraciones, reconocimientos, estímulos y recompensas al personal policial y, XV. Las demás que le atribuya la normatividad vigente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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