Artículo 27 del REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Coordinaciones Generales de Policía de Proximidad tienen varias tareas importantes en la zona que les toca cuidar. Entre ellas, se encargan de organizar los planes y operativos de seguridad pública, y de diseñar operativos especiales cuando su jefe (el Secretario) lo pida, usando información de otra área de inteligencia. También deben coordinarse con las Alcaldías para ajustar los servicios de seguridad a lo que necesita cada colonia o barrio, y trabajar junto con los centros de control y comando (C2 y C5) para que todo funcione bien. Otra de sus obligaciones es asegurarse de que los policías respeten los derechos humanos y las leyes al hacer su trabajo, y supervisar que cumplan con sus deberes; también apoyan en los procesos internos para sancionar faltas y mantienen informados a sus superiores sobre lo que ocurre. Por último, pueden pedir apoyo de policías de otras zonas para operativos especiales, y coordinar la atención de solicitudes de otras autoridades para cumplir órdenes legales.
Texto oficial
Artículo 27. Son atribuciones de las Coordinaciones Generales de Policía de Proximidad, en el ámbito del territorio de adscripción: I. Coordinar la implementación de los planes, programas operativos y servicios de seguridad y orden públicos en su área de atención; II. Planear y diseñar programas operativos especiales ordenados por la persona titular de la Secretaría, con base en la información proporcionada por la Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial; III. Establecer los enlaces de coordinación y comunicación con las Alcaldías para la prestación de los servicios de seguridad y orden públicos, conforme a las necesidades y características propias de la demarcación territorial; IV. Coordinar las funciones y la operación de sus Direcciones Generales Regionales y Unidades de Protección Ciudadana con el Centro de Control y Comando (C2) de su adscripción del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5); V. Garantizar que las técnicas y tácticas que se implementen en el desarrollo de los dispositivos de seguridad, se realicen en apego a los ordenamientos vigentes aplicables y con respeto a los derechos humanos; VI. Determinar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las funciones de seguridad asignadas a las Direcciones Generales Regionales y las Unidades de Protección Ciudadana bajo su mando; VII. Asegurar el estado de fuerza necesario en la implementación de los operativos y servicios de seguridad encomendados; VIII. Asegurar el desarrollo de los procesos de supervisión, investigación y revisión que realice la Dirección General de Asuntos Internos, a efecto de supervisar la actuación policial y verificar el cumplimiento de las obligaciones del personal policial; IX. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones del personal policial a su cargo; X. Vigilar el cumplimiento de las resoluciones de la Comisión de Honor y Justicia respecto del régimen disciplinario al personal policial adscrito y coadyuvar en los procedimientos de la Dirección General de Asuntos Internos; XI. Consolidar los informes de los servicios y dispositivos desarrollados en su área geográfica para orientar la toma de decisiones; XII. Mantener informado a la persona titular de la Subsecretaría de Operación Policial sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como a la persona titular de la Secretaría de los asuntos relevantes en la zona de su adscripción; XIII. Ordenar la participación del personal policial asignado a las unidades de Policía de Proximidad, en operativos y acciones especiales en zonas de la Ciudad distintas de la Unidad de Protección Ciudadana al que se encuentren adscritos, cuando sea solicitada su colaboración; XIV. Coordinar la participación de las Unidades de Protección Ciudadana a su cargo, en la atención de las solicitudes de autoridades competentes, para el cumplimiento de las resoluciones que requieran el auxilio de la fuerza pública; XV. Promover la vinculación de la Policía con la ciudadanía a través de reuniones, asambleas y visitas domiciliarias que fortalezcan la cercanía con los grupos prioritarios, y XVI. Las demás que les atribuya la normatividad vigente.
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