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Artículo 138 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno (la Secretaría) tiene que dar reglas para que las fábricas y negocios (fuentes fijas) contaminen menos el aire, y también debe impulsar que usen tecnologías más limpias. Si cumples con todas las leyes ambientales, puedes pedir un permiso especial para no entrar en el Programa de Contingencias Ambientales (que son los días de alerta por mucha contaminación). Ese permiso se pide con un formato oficial y demostrando que ya no contaminas tanto. También lo pueden pedir los negocios que ya usan tecnología para reducir sus emisiones al aire.

Texto oficial

ARTÍCULO 138.- En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica producida por fuentes fijas, la Secretaría establecerá las medidas preventivas y correctivas para reducir las emisiones contaminantes; y promoverá ante los responsables de operación de las fuentes, la aplicación de nuevas tecnologías con el propósito de reducir sus emisiones a la atmósfera. Los responsables de las fuentes fijas podrán solicitar su exención al Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas, a través del formato que determine la Secretaría y que además demuestre cumplir con el marco normativo vigente y programas de contingencias correspondientes, así mismo podrán solicitarla todas las fuentes fijas que operen y apliquen tecnologías encaminadas a la reducción de sus emisiones a la atmósfera. SECCIÓN III CONTROL DE EMISIONES PROVENIENTES DE FUENTES MÓVILES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.