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Artículo 26 de la LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) es quien se encarga de crear y revisar el Programa Sectorial Ambiental, trabajando junto con otras autoridades que también cuidan el medio ambiente. Este programa define las estrategias y acciones más importantes para aplicar la política ambiental en la ciudad, y también junta los esfuerzos de distintos sectores (como transporte, obras o salud). Todo esto se hace siguiendo lo que marca la Ley de Planeación, que es la regla que indica cómo se deben planificar estos proyectos. En pocas palabras, el artículo dice que el gobierno local debe organizar un plan ambiental claro, con ayuda de todos los involucrados, para cuidar la naturaleza en la capital.

Texto oficial

ARTÍCULO 26.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal formulará y evaluará, en coordinación con las diferentes instancias involucradas en las acciones de protección ambiental, el Programa Sectorial Ambiental, el cual contendrá las estrategias y acciones prioritarias para la ejecución de la política ambiental del Distrito Federal e integrará las acciones de los diferentes sectores, de conformidad con la Ley de Planeación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.