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Ley
LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que ya no está vigente, que ya no tiene validez. "Derogar" significa que se cancela o elimina una ley o parte de ella. En pocas palabras, lo que antes decía el Artículo 18 ya no se aplica y se considera como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- Se deroga.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS CULTURALES DE LOS HABITANTES Y VISITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 4) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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