Artículo 22 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Comunicación Social estará formada por varias personas. Quien la presida será el jefe o jefa de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de México. También habrá dos personas de la Secretaría (con rango de Director General o superior) que se encargarán de la Secretaría Ejecutiva y la Secretaría Técnica. Además, se sumarán representantes de grupos como las radiodifusoras, la radio y televisión, el cable, y los encargados de comunicación de las 16 Alcaldías.
Texto oficial
Artículo 22. La Comisión de Comunicación Social se integrará de la siguiente manera: I. La personal titular de la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno de la Ciudad de México, quien la presidirá; II. Una persona servidora pública con nivel mínimo de Dirección General de la Secretaría, designada por la persona titular de esta última, quien asumirá la Secretaría Ejecutiva; III. Una persona servidora pública con nivel mínimo de Dirección General de la Secretaría, designada por la persona titular de esta última, quien asumirá la Secretaría Técnica; IV. Vocales representantes con nivel mínimo de Dirección de Área de los siguientes entes: a) La Asociación de Radiodifusoras del Valle de México; b) La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión; c) La Cámara Nacional de la Industria de la Televisión por Cable; d) Los responsables de Comunicación Social de las 16 Alcaldías.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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