Artículo 42 del REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 42 dice que el Centro de Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes (CETNN) maneja tu caso en cuatro pasos. Primero, te ingresan al centro. Luego, te brindan atención y trabajan para devolverte los derechos que te hayan sido violados. Después, pasas un tiempo en el centro mientras esto sucede. Finalmente, sales del centro cuando ya estás listo para volver a tu familia o a tu comunidad.
Texto oficial
Artículo 42. El Modelo de Atención del CETNN prevé las siguientes etapas: I. Ingreso; II. Atención y restitución de derechos; III. Estancia; y IV. Egreso. CAPÍTULO SÉPTIMO SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.