REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento sirve para decir cómo va a funcionar el Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas de la Procuraduría de la Ciudad de México. La idea es cuidar y proteger los derechos de los niños y niñas que estén en situaciones difíciles, como abandono, peligro o que no tengan quién los cuide. Se aseguran de que los traten bien, los respeten y los ayuden mientras están de manera temporal en ese lugar.
- Art. 2El Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas es un lugar que cuida y atiende a menores víctimas de algún delito, desde recién nacidos hasta antes de los 12 años. Su objetivo es darles cuidados completos y con cariño, tomando en cuenta sus derechos humanos y su género. Solo pueden entrar si la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes lo ordena, cuando se comprueba que no tienen a sus papás u otros familiares que puedan cuidarlos.
- Art. 3Este artículo define los términos clave de este reglamento. “Atención Integral” significa que los niños recibirán todo lo necesario (comida, salud, educación, diversión) con respeto y protección. Un “CETNN” es el centro donde los cuidan temporalmente en la Ciudad de México. “Discriminación” es cualquier trato injusto o excluyente por origen, color, sexo, edad, discapacidad, religión, preferencias sexuales u otros motivos. “Niñas y Niños” son menores de 12 años que están en ese centro porque no tienen cuidado de sus padres o familiares, por un caso de investigación. Los “Visitantes” son personas ajenas al personal que entran al centro para hacer diversas actividades.
- Art. 4El CETNN debe estar organizado y funcionar siempre pensando primero en el bienestar de las niñas, niños y adolescentes. Esto significa que todas sus decisiones y acciones tienen que priorizar lo que sea mejor para ellos, como su salud, educación y seguridad. También deben respetar en todo momento los derechos que tienen por ley, como el derecho a ser escuchados o a vivir sin violencia. En pocas palabras, el centro no puede actuar de forma que perjudique a los menores, sino al contrario.
- Art. 5Quien trabaje o visite el CETNN (Centro de Estancia para Niñas y Niños) debe tratar a los niños como personas con derechos, darles cariño, entenderlos y mantenerlos libres de violencia, para que puedan crecer felices y desarrollar su personalidad sin problemas. Además, todo el personal y los visitantes tienen que seguir estos principios: siempre pensar primero en lo que sea mejor para el niño, tratarlos a todos por igual sin importar diferencias, no discriminarlos, incluirlos a todos, escuchar su opinión, respetar lo que pueden hacer según su edad, ser amables y cálidos, mantenerlos seguros y protegerlos.
- Art. 6Este artículo dice cómo se va a organizar el CETNN, que es un lugar donde niños y niñas se quedan por un tiempo. Tiene una dirección general que está al mando, y luego varias áreas: una de investigación psicosocial (que estudia la mente y la familia), otra operativa (que se encarga del día a día), y una administrativa. Dentro de esas áreas hay subdirecciones de trabajo social, psicología, servicios médicos, nutrición, pedagogía y enlace administrativo. En pocas palabras, así queda estructurado todo el equipo del centro.
- Art. 7La aplicación, interpretación y difusión de este reglamento la tiene que hacer el jefe o jefa del CETNN, su personal y los visitantes. O sea, todos los que están adentro del lugar son responsables de entenderlo, seguirlo y darlo a conocer. No es solo para los trabajadores, sino también para la gente que va de visita. Así que tú, si visitas el CETNN, también tienes que cumplir con lo que dice este reglamento.
- Art. 8El CETNN (Centro de Evaluación y Tratamiento para Niñas, Niños y Adolescentes) tiene que seguir las reglas y lineamientos que establezca la persona encargada de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México. Esa persona, a través de un área llamada Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito, será la que vigile y controle todo lo que pase en el CETNN. En pocas palabras, la autoridad principal define cómo debe funcionar el centro y se asegura de que todo se haga correctamente.
- Art. 9El CETNN (que es un centro de ayuda del gobierno) va a recibir a niñas y niños que hayan sido víctimas de un delito, desde que nacen hasta que cumplen 12 años, pero solo en estos casos: si están abandonados, en peligro o en problemas relacionados con una investigación penal o familiar; si necesitan protección y atención inmediata; o si los envía la Fiscalía porque sus papás o familiares no pueden cuidarlos.
- Art. 10Cuando una niña o niño llega al Centro (CETNN), los trabajadores sociales lo registran oficialmente. Le hacen una tarjeta de identificación, un acta que dice que ya entró, y abren un expediente único con sus datos. Después, el director del centro les da la bienvenida de manera amable y respetuosa, para que se sientan seguros y en confianza. Luego, ordena que los atiendan de inmediato en los servicios médicos y de psicología.
- Art. 11Cuando una niña o niño llega al CETNN, el personal hace varias cosas para recibirlo. Primero, Trabajo Social revisa si necesita comer, ir al médico, bañarse o cualquier otra cosa urgente, y lo acompaña para que se sienta en confianza. Segundo, el área de Servicios Médicos lo revisa para ver si tiene alguna lesión o enfermedad, y si encuentra algo, avisan al director del centro para tomar medidas y, si es necesario, llevarlo al hospital. Esa revisión médica se hace cuidando su privacidad, de preferencia con un doctor del mismo sexo o con alguien de Trabajo Social del mismo sexo presente. Por último, Psicología o Trabajo Social le explican al niño o niña, según su edad y cómo se siente, qué ayuda y protección va a recibir en el CETNN, y le resuelven cualquier duda que tenga.
- Art. 12El Centro Estatal te ayudará a encontrar un lugar seguro para que tú o tu hijo estén protegidos. Ellos se encargan de todo lo necesario para que nadie corra peligro. No tienes que preocuparte por los trámites, ellos los hacen por ti. Lo importante es que el niño o la niña esté en un espacio donde no le pase nada malo.
- Art. 13Todas las áreas del lugar deben darle a la niña o niño lo que necesita para que se sienta bien y esté a gusto durante su estancia. También tienen que anotar en un registro todos los cuidados o servicios que le den. Así se aseguran de que no le falte nada y de que todo quede por escrito.
- Art. 14El artículo 14 prohíbe que le apliquen a los niños o niñas castigos o medidas que sean crueles o los humillen. Además, el Centro Estatal contra el Trato Negligente hacia Niñas y Niños (CETNN) debe hacer acciones para acabar con costumbres, tradiciones o ideas que los hagan sentir inferiores, como los estereotipos de género. Esto significa que no se vale justificar maltratos diciendo que “así se acostumbra” o por su sexo. Lo que busca es que ninguna creencia negativa afecte el desarrollo de los niños.
- Art. 15Si un niño o niña está listo para ser adoptado, el director del centro donde vive tiene que priorizar que ese niño vuelva a tener una familia. O sea, su obligación es asegurarse de que el menor pueda crecer y desarrollarse bien dentro de un hogar, no en una institución. La ley dice que su derecho más importante es estar en familia, así que harán todo lo posible para que eso pase.
- Art. 16Los niños o niñas que están en el CETNN (que es un centro de asistencia social) solo pueden salir de ahí si un juez lo ordena, si la Fiscalía especial para niños y adolescentes lo pide, o si el DIF de la Ciudad de México lo autoriza. Nadie más puede sacarlos, ni siquiera sus papás o familiares, sin que alguna de estas autoridades lo decida. En pocas palabras, su salida siempre tiene que ser por una orden oficial y legal.
- Art. 17Si un niño o niña está en el CETNN (Centro de Egreso Temporal para Niños y Niñas), puede salir de forma temporal o para siempre, pero primero alguien tiene que pedirlo por escrito al director del centro, explicando por qué y por cuánto tiempo. Las salidas solo se permiten en estos casos: que lo manden a otra institución mientras un juez decide su situación, que vaya a juntas del proceso de adopción ordenadas por un juez, que lo lleven a un hospital por salud, que regrese con su familia, que lo envíen a otra institución para siempre si le conviene, que vaya al médico especialista, que participe en buscar una dirección, que asista a citas en el juzgado o que vaya a declarar ante el Ministerio Público (la autoridad que investiga delitos).
- Art. 18Cuando un niño o niña sale definitivamente de un Centro de Tratamiento (CETNN), el director del centro debe informar a la autoridad que ordenó su salida todo lo relacionado con el menor. Además, las áreas de psicología, servicios médicos y pedagogía del centro darán sugerencias sobre cómo cuidarlo y atenderlo para que se desarrolle bien fuera del lugar. Esto es para asegurarse de que su bienestar siga garantizado después de irse.
- Art. 19Cuando un niño o niña se va del CETNN para siempre, los trabajadores sociales van a hacer un documento que se llama "acta de egreso". También van a anotar la salida en sus registros y guardar en su expediente todos los papeles que se usaron para ese trámite.
- Art. 20La ley dice que si una niña o niño tiene que estar en el Centro de Tránsito (CETNN), debe ser por el menor tiempo posible, aunque los trámites legales sean lentos. Esto es para que su desarrollo, crecimiento y educación no se vean afectados. También, cuando se decida mandar a la niña o niño a otro lugar, siempre se buscará que pueda integrarse bien a la sociedad.
- Art. 21La persona que está a cargo del CETNN (Centro de Estancia Transitoria para Niñas y Niños) tiene varias responsabilidades. Puede firmar documentos para que el centro funcione bien, siempre siguiendo las reglas. También debe aprobar los planes de cada área del centro para que los niños reciban atención rápida y adecuada. Tiene que llevar un expediente único por cada niño, con toda la información ordenada de las diferentes áreas que lo atienden. Además, debe cuidar que los datos personales de los niños estén protegidos según la ley. Si detecta que un niño está en peligro, sufre violencia o le están violando sus derechos, tiene que avisar a las autoridades correspondientes. También se asegura de que los servicios del centro mejoren constantemente y de que todas las áreas trabajen con justicia, igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección para los niños. Otra de sus tareas es pedirle al personal del centro que firme cartas donde se comprometen a guardar secreto sobre cómo funciona el lugar, a menos que una autoridad encargada de proteger a los niños pida información. También guarda los expedientes de los niños y define cómo proteger sus datos. Puede proponer acuerdos con otras instituciones públicas o privadas para siempre buscar lo mejor para los niños. Ayuda a crear guías sobre cómo trasladar a los niños, darles atención médica, aplicar medidas de seguridad o manejar crisis psicológicas. Finalmente, hace todo lo demás que le pidan las reglas aplicables.
- Art. 22El artículo dice que la Dirección de Investigación Psicosocial está dividida en dos partes: una se encarga de trabajo social y la otra de psicología. Esto significa que cualquier cosa que haga esa dirección, la van a manejar estos dos equipos. En lugar de ser un solo grupo, está organizada en estas dos áreas específicas para atender mejor los casos.
- Art. 23El artículo 23 dice qué hace el área de Trabajo Social en el CETNN (Centro de Tutela para Niñas y Niños). Sus funciones son: asegurarse de que solo ingresen niños desde recién nacidos hasta antes de los 12 años que estén en situaciones difíciles, como abandono o peligro, y que estén relacionados con una investigación legal. También tienen que gestionar su entrada a hospitales si necesitan atención médica especial, investigar cómo está su familia, y hacer los trámites para que entren o salgan del centro. Además, consiguen cosas como lentes o aparatos ortopédicos para su rehabilitación. Por último, pueden hacer otras tareas que les pidan las leyes o el jefe del centro.
- Art. 24El artículo 24 explica las tareas del área de psicología de un centro llamado CETNN. Su trabajo principal es atender a niños y niñas de 6 a 12 años que han sufrido violencia, haciendo estudios para entender cómo les afectó emocionalmente y proponer ayudas específicas. También dan terapias, apoyan en momentos de crisis y evalúan a los papás o tutores cuando un juez o ministerio público lo pide. Además, hacen entrevistas a quienes quieren adoptar, llevan los expedientes de cada niño y avisan a sus jefes si notan algo importante para mejorar la atención. Por último, pueden hacer otras tareas que les encarguen las reglas o el director del centro.
- Art. 25La Dirección Operativa es como el equipo encargado de que todo funcione bien, y está formado por tres subdirecciones o áreas más pequeñas. La primera es la Subdirección de Servicios Médicos, que se encarga de los asuntos de salud. La segunda es la Subdirección de Nutrición, que ve todo lo relacionado con la alimentación. Y la tercera es la Subdirección de Pedagogía, que se ocupa de la enseñanza y la educación.
- Art. 26El artículo 26 explica las obligaciones del área de servicios médicos del Centro de Estancia Temporal para Niñas, Niños y Adolescentes (CETNN). Básicamente, deben revisar la salud de cada niño a su llegada siguiendo un protocolo específico, y después checar cada mes su peso, talla y signos vitales, guardando todo por escrito. También tienen que hacer revisiones diarias a los bebés y semanales a los niños más grandes, además de llevar su cartilla de vacunación al día y darles medicamentos solo bajo llave y con control. Otras tareas incluyen atender su salud bucal, prevenir enfermedades comunes, y elaborar reportes médicos si los piden otras instituciones. Por último, deben cumplir con cualquier otra instrucción que dé el director del centro o las reglas aplicables.
- Art. 27El artículo 27 dice que el área de Enfermería, que depende de la Subdirección de Servicio Médico, tiene que hacer varias cosas por los niños y niñas del centro. Entre sus tareas están: revisar su estado de salud siguiendo las órdenes del médico, cuidar su higiene y alimentación, sobre todo en bebés, y ayudar al personal médico en los chequeos de rutina. También deben medir y pesar a los niños al entrar y, en el caso de los lactantes, hacerlo cada semana. Además, tienen que preparar y dar los medicamentos que recete el doctor, revisar que el material de curación esté en buen estado, llevar notas de cada niño para su historial clínico, y hacer cualquier otra cosa que les indiquen los encargados del turno.
- Art. 28El artículo 28 dice qué tareas tiene la Subdirección de Nutrición. Primero, tiene que planear los menús según la edad y necesidades de los niños, y también preparar dietas especiales cuando el servicio médico lo pida. Segundo, debe calcular cuánta comida se necesita para los niños del centro y hacer pedidos semanales de alimentos que se echan a perder pronto y mensuales de productos no perecederos como latas o cereales. Por último, tiene que poner controles para revisar que los alimentos se usen bien, se guarden y se manejen de forma correcta.
- Art. 29La Subdirección de Nutrición se encarga de todo lo relacionado con la cocina. Su trabajo es preparar y dar las tres comidas del día (desayuno, comida y cena), además de colaciones, fórmulas lácteas, papillas y picadas para los niños, niñas y adolescentes que estén en el CETNN y en la agencia del Ministerio Público. También debe mantener limpios y en buen estado los equipos y utensilios de cocina, guardar en un lugar seguro y con llave los objetos que puedan ser peligrosos para los menores, y asegurarse de que solo entre a la cocina el personal autorizado. Por último, tiene que hacer cualquier otra función que le pida la ley o el director del CETNN.
- Art. 30El artículo 30 dice que todo el personal de cocina, sin excepción, debe usar ropa adecuada al preparar alimentos, como filipina (bata o chaqueta de trabajo), cofia (gorro para el pelo), cubrebocas y guantes. También deben cumplir con reglas de higiene y calidad, como desinfectar frutas y verduras, usar agua purificada, revisar la fecha de caducidad de los alimentos y mantener limpios y ordenados los refrigeradores y congeladores por secciones (frutas, verduras, lácteos, etc.). Por último, tienen que tener la bodega de abarrotes en orden.
- Art. 31Este artículo explica las responsabilidades del equipo de pedagogía en un centro de atención para niñas y niños (CETNN). Su trabajo principal es darles un ambiente seguro, cariñoso y tranquilo, además de cuidarlos en todo momento. También deben ayudarlos con actividades diarias como comer, bañarse y cambiarse de ropa, y planear juegos y tareas educativas cada semana. Otras funciones incluyen reportar problemas de comportamiento o salud, informar sobre faltas a la escuela y mantener al día un periódico mural con fechas importantes. En resumen, se encargan de que los niños estén bien atendidos física, emocional y educativamente.
- Art. 32La Subdirección de Pedagogía tiene que incluir en su plan de trabajo estos temas: enseñar a los niños sus derechos y cómo ejercerlos, asegurar que tengan tiempo para descansar, jugar y hacer actividades recreativas según su edad, y organizar cosas fuera del CETNN. También debe apoyar su desarrollo físico, mental, emocional y social, enseñarles lenguaje, comunicación y lectura, así como valores. Además, tiene que encargarse de que hagan y revisen sus tareas.
- Art. 33El artículo 33 explica qué debe hacer el personal de lavandería y ropería en un centro de cuidado infantil. Primero, tienen que mantener limpias y en buen estado las instalaciones, el equipo y los materiales que usan. También deben repartir a tiempo la ropa de cama y la de los niños, asegurándose de que esté en buen estado; la ropa de los más grandes se cambia dos veces al día, y la de los bebés las veces que sea necesario. Si algo está fallando o hace un ruido raro en el equipo, deben reportarlo de inmediato a su jefe directo o a la Subdirección. Por último, tienen que seguir todas las instrucciones para usar bien la lavadora y la secadora, y hacer cualquier otra actividad que les encargue la persona a cargo del centro.
- Art. 34El Artículo 34 dice cuáles son las tareas de la Subdirección de Enlace Administrativo del CETNN. Entre sus funciones está llevar el control de todo el personal (empleados fijos, comisionados y voluntarios), y ayudar a juntar sus expedientes con foto y comprobantes de domicilio actuales. También debe revisar el edificio cada mes para buscar riesgos, y al menos dos veces al año checar daños en instalaciones como agua, luz o gas, dejando un reporte por escrito. Otras responsabilidades incluyen guardar bajo llave sustancias peligrosas (como gasolina o químicos tóxicos), poner números de emergencia a la vista, y diseñar un plan de protección civil con brigadistas y rutas de evacuación. Además, se encarga de controlar los recursos del CETNN, gestionar servicios como fotocopiado o transporte, y hacer cualquier otra tarea que le pida su jefe o la ley.
- Art. 35El artículo 35 dice que todo el personal y las visitas del CETNN deben tratar a los niños y niñas con respeto en todo momento. Esto significa que nadie puede hacer nada que les quite sus derechos ni agredirlos, ya sea con golpes o con palabras ofensivas. En pocas palabras, está prohibido cualquier maltrato físico o verbal hacia los menores.
- Art. 36Las personas que trabajan en el CETNN tienen estas obligaciones: Deben hacer su trabajo según lo que les pidan sus jefes, pero siempre pensando en el bienestar de los niños y niñas, y sin hacer nada que los ponga en peligro. Tienen que llegar a tiempo y seguir las reglas del centro, tratar a los niños con respeto (sin usar apodos, etiquetas o palabras que los lastimen o discriminen), y no castigarlos de una manera que dañe su dignidad o su salud física o mental. También deben evitar acciones que refuercen ideas machistas o de superioridad, adaptar su trato según la edad y madurez de cada niño, y guardar secreto sobre la información del centro y de los menores. Además, tienen que mantener un ambiente de respeto sin agresiones, avisar si ven a un niño en riesgo o enfermo, hacer reportes de su trabajo, cuidar las instalaciones, registrar su hora de entrada y salida, no meter cosas sin permiso, no tomar fotos ni videos de los niños, y cumplir con cualquier otra指示 que dé el jefe del CETNN.
- Art. 37Para poder entrar al CETNN (Centro de Estudios y Tratamiento para Niñas y Niños), tienes que pedir permiso por escrito o que una autoridad te autorice. Una vez dentro, debes seguir estas reglas: Primero, regístrate en el control de entrada, deja tu identificación y ponte el gafete que te den en recepción. No metas comida, aparatos eléctricos, electrónicos, ropa ni otros objetos a menos que tengas permiso especial. También tienes prohibido tomar fotos o videos de las niñas o niños que viven ahí. Además, no puedes meter objetos que puedan lastimar a los niños, y el personal de vigilancia te va a revisar bolsas, mochilas o portafolios tanto al entrar como al salir; si traes algo riesgoso, lo guardarán en recepción. No entres a los dormitorios ni a áreas restringidas, y solo puedes estar en el horario autorizado; al irte, devuelve el gafete en recepción. Por último, la autoridad puede agregar otras reglas que te dirán antes de que entres.
- Art. 38Este artículo dice que los niños y niñas que viven en el CETNN (un centro de atención) tienen derechos muy importantes. Por ejemplo, deben ser tratados con respeto y dignidad, y recibir atención de calidad y con cariño durante su estancia. También tienen derecho a servicios como comida, un lugar para dormir, ropa, zapatos, educación y actividades para divertirse. Además, pueden saber en qué situación legal están, ser informados de las reglas del lugar, recibir visitas en ciertos días y horarios, y participar en actividades que los ayuden a crecer sanos y felices, sin violencia ni discriminación.
- Art. 39El artículo 39 dice que las niñas y niños que viven en el Centro de Ejecución de Medidas para Niñas y Niños (CETNN) tienen ciertas obligaciones, según su edad y lo que puedan entender. Por ejemplo, deben ir a comer a la hora que les toca, mantener buena higiene para evitar enfermedades, y tratar con respeto a todos, sin insultar ni agredir a nadie. También tienen que portarse bien para que las medidas de protección funcionen, cuidar las instalaciones, asistir a clases y seguir las actividades educativas y de juego que les pongan. Además, no deben meterse a áreas prohibidas, respetar los horarios de descanso, evitar hacer cosas que pongan en riesgo su seguridad o la de otros, y cumplir con lo que la autoridad les indique.
- Art. 40El CETNN (Centro de Estancia Temporal para Niñas, Niños) tiene que seguir un plan especial llamado Modelo de Atención Integral, que sirve para cuidar y proteger los derechos de los niños que viven ahí. Todo el personal del centro está obligado a seguirlo. Este plan se basa en respetar los derechos humanos y funciona con seis puntos clave: proteger los derechos de los niños; darles atención completa con ayuda de diferentes especialistas; que el servicio sea de buena calidad; cumplir con las reglas y leyes; proteger específicamente a los niños del CETNN; y contar con instalaciones adecuadas. En pocas palabras, es como un manual que garantiza que los niños estén bien cuidados y seguros.
- Art. 41Las personas que trabajan en el Centro de Estudios para la Niñez van a recibir capacitación y van a usar un sistema especial para cuidar bien a las niñas y niños que viven ahí. Ese sistema se llama Modelo de Atención Integral, que son las reglas y pasos que deben seguir para garantizar su protección. También tendrán que usar herramientas de trabajo, como formatos o manuales, para hacer bien su labor. Todo esto es para que los niños y niñas estén seguros y reciban un trato adecuado mientras residen en el centro.
- Art. 42El Artículo 42 dice que el Centro de Tratamiento de Niñas, Niños y Adolescentes (CETNN) maneja tu caso en cuatro pasos. Primero, te ingresan al centro. Luego, te brindan atención y trabajan para devolverte los derechos que te hayan sido violados. Después, pasas un tiempo en el centro mientras esto sucede. Finalmente, sales del centro cuando ya estás listo para volver a tu familia o a tu comunidad.
- Art. 43El área de vigilancia del CETNN (que es el Centro Estatal de Tratamiento Nocturno Nocturno o algo similar) va a tener un sistema de seguridad para checar quién entra. Ese sistema servirá para saber si una persona ya tiene permiso de entrar al lugar. Solo podrán pasar quienes estén registrados como autorizados.
- Art. 44Para que una niña o niño entre o salga del CETNN (que es un centro de asistencia social infantil), se necesita un permiso de la persona encargada del centro o del director a cargo. Llevan un registro en una bitácora donde anotan el día y la hora exacta de cada entrada y salida. Esto es para tener control de quién entra y sale, y asegurarse de que todo esté en orden. En pocas palabras, no se permite que un menor entre o salga sin que quede escrito cuándo lo hizo y con autorización de los responsables.
- Art. 45Cuando entres al CETNN (un centro de detención), primero tienes que registrarte con los vigilantes. Ahí vas a anotar tu nombre completo, de dónde vienes, el motivo de tu visita, a quién vienes a ver, y las horas exactas de entrada y salida. Así llevan un control de quién entra y sale del lugar.
- Art. 46Cuando lleven a los niños y niñas a un paseo, juego, actividad cultural o escolar, deben anotar en la bitácora de vigilancia (un cuaderno donde se registra todo) cuántos menores salieron, el día y la hora exacta de ida y vuelta, y el nombre del adulto que los cuida. Esto es para que siempre se sepa quiénes salieron y con quién, por seguridad.
- Art. 47El CETNN tiene horarios fijos para trabajar con cada grupo de edad, según un calendario ya definido. Esto significa que las actividades con niños y niñas se organizan por edades, y no se pueden hacer fuera de esos tiempos.
- Art. 48El CETNN es un lugar que protege a niñas y niños cuando han sufrido violencia o maltrato, ya sea de parte de su familia o de otras personas, y ya hay una investigación abierta. Su objetivo es cuidar su salud física, mental y emocional para que estén seguros. Si alguien quiere visitar a un niño o niña que está ahí, necesita un permiso especial. Ese permiso lo tiene que dar un juez, la Fiscalía que atiende casos de niños, niñas y adolescentes, o el DIF de la Ciudad de México. Sin esa autorización, no pueden entrar a verlos.
- Art. 49Si quieres visitar el Centro de Tratamiento para Menores (CETNN) por razones de buena voluntad, como ayudar o apoyar, tienes que pedir permiso con tiempo. Necesitas hacer tu solicitud antes de la fecha que planees ir, para que las autoridades encargadas la revisen y la autoricen. No puedes llegar de improviso; todo debe estar arreglado por adelantado.
- Art. 50El artículo 50 dice que los empleados de un centro (llamado CETNN) no pueden entrar sin traer una identificación ni sin haber pedido un permiso o registro, ya sea para reparar algo, limpiar, por asuntos médicos o cualquier otra razón. Además, los familiares de esos empleados tienen prohibido meterse a las instalaciones del CETNN. Si alguien desobedece esto de manera repetida (varias veces), le pueden aplicar un castigo administrativo, como una multa o una suspensión. En pocas palabras, es obligatorio traer identificación y permiso para entrar, y los familiares no pueden pasar.
- Art. 51No puedes andar hablando mal de los niños que están en el centro (CETNN), ya seas visitante o trabajador no capacitado. Tampoco puedes darles regalos, dulces o comida sin antes avisarle al director del centro o a los encargados, porque eso podría cambiar sus rutinas o afectar algún tratamiento médico que tengan las niñas o los niños. Esta regla se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y empezó a aplicarse desde el día después de su publicación, el 29 de agosto de 2019.