Artículo 16 del REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los niños o niñas que están en el CETNN (que es un centro de asistencia social) solo pueden salir de ahí si un juez lo ordena, si la Fiscalía especial para niños y adolescentes lo pide, o si el DIF de la Ciudad de México lo autoriza. Nadie más puede sacarlos, ni siquiera sus papás o familiares, sin que alguna de estas autoridades lo decida. En pocas palabras, su salida siempre tiene que ser por una orden oficial y legal.
Texto oficial
Artículo 16. El egreso de las niñas o niños del CETNN, se realizará exclusivamente por mandato de Autoridad Judicial; por orden de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes o por conducto del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF-CDMX).
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.