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Artículo 16 del REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los niños o niñas que están en el CETNN (que es un centro de asistencia social) solo pueden salir de ahí si un juez lo ordena, si la Fiscalía especial para niños y adolescentes lo pide, o si el DIF de la Ciudad de México lo autoriza. Nadie más puede sacarlos, ni siquiera sus papás o familiares, sin que alguna de estas autoridades lo decida. En pocas palabras, su salida siempre tiene que ser por una orden oficial y legal.

Texto oficial

Artículo 16. El egreso de las niñas o niños del CETNN, se realizará exclusivamente por mandato de Autoridad Judicial; por orden de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes o por conducto del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF-CDMX).

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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