Artículo 19 del REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un niño o niña se va del CETNN para siempre, los trabajadores sociales van a hacer un documento que se llama "acta de egreso". También van a anotar la salida en sus registros y guardar en su expediente todos los papeles que se usaron para ese trámite.
Texto oficial
Artículo 19. Cuando se realice el egreso definitivo de una niña o niño, el personal de la Subdirección de Trabajo Social realizará el acta de egreso, el registro en los controles correspondientes y archivará en el expediente único la documentación generada por el trámite de egreso del CETNN.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.