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Artículo 9 del REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ESTANCIA TRANSITORIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El CETNN (que es un centro de ayuda del gobierno) va a recibir a niñas y niños que hayan sido víctimas de un delito, desde que nacen hasta que cumplen 12 años, pero solo en estos casos: si están abandonados, en peligro o en problemas relacionados con una investigación penal o familiar; si necesitan protección y atención inmediata; o si los envía la Fiscalía porque sus papás o familiares no pueden cuidarlos.

Texto oficial

Artículo 9. El CETNN recibirá a las niñas y niños en calidad de víctimas del delito, desde un día de nacidos hasta antes de cumplidos los doce años de edad, bajo los supuestos siguientes: I. Se encuentren en situación de abandono, conflicto, desamparo, daño o peligro, relacionados con una Carpeta de Investigación de Procesos Penales o Familiares; II. Requieran de atención y protección integral inmediata; y III. Sean canalizados por la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes de esta Procuraduría, cuando se haya determinado la falta de cuidado parental y/o de familiares alternos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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