Artículo 34 del REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Básicamente, si te metes en problemas o haces algo mal, las autoridades te van a castigar siguiendo un proceso ya establecido, como dice la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y el Reglamento de Verificación. Además, si lo que hiciste es tan grave que se considera un delito (como un robo o algo ilegal), también te pueden aplicar las sanciones penales que correspondan. Cada autoridad aplicará su propio reglamento según lo que le toque revisar. En corto, no solo te pueden multar, sino también meter a la cárcel si la falta lo amerita.
Texto oficial
Artículo 34.- Las sanciones se aplicarán conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Cuidad de México y el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal, así como la demás normatividad aplicable en el ámbito de competencia de cada autoridad, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos. CAPÍTULO VIII DEL FONDO DE APOYO PARA LA REGULARIZACIÓN DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL
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