Artículo 11 del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 11 dice que, para pagar impuestos, el año fiscal normalmente es el mismo que el año de calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre. Si una empresa (persona moral) empieza a trabajar después del 1 de enero, ese primer año será más corto e irregular, iniciando el día que empiece y terminando el 31 de diciembre de ese año. También, si una empresa se va a liquidar (cerrar), se fusiona con otra o se divide (escinde) y deja de existir, su año fiscal termina antes, en la fecha en que pase eso. En el caso de una liquidación, todo el tiempo que dure el proceso cuenta como un solo ejercicio fiscal. Además, si la ley dice que los impuestos se calculan por mes, se refiere al mes del calendario normal (del 1 al último día del mes).
Texto oficial
Artículo 11.- Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calcularán por ejercicios fiscales, éstos coincidirán con el año de calendario. Cuando las personas morales inicien sus actividades con posterioridad al 1 de enero, en dicho año el ejercicio fiscal será irregular, debiendo iniciarse el día en que comiencen actividades y terminarse el 31 de diciembre del año de que se trate. I. (Se deroga). II. (Se deroga). En los casos en que una sociedad entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, siempre que la sociedad escindente desaparezca, el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha en que entre CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 7 de 377 en liquidación, sea fusionada o se escinda, respectivamente. En el primer caso, se considerará que habrá un ejercicio por todo el tiempo en que la sociedad esté en liquidación. Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calculen por mes, se entenderá que corresponde al mes de calendario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.