Artículo 115 Ter del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien, sabiendo que es mentira, declara datos falsos o entrega documentos falsos o alterados en cualquier trámite del Código Fiscal, le pueden caer de 3 a 6 años de cárcel. Esto se investiga aunque el trámite administrativo todavía no termine. Además, si con esa mentira le hacen un daño económico al gobierno (la Hacienda Federal), esa persona también tendrá que pagar por el daño.
Texto oficial
Artículo 115 Ter. Se impondrá sanción de tres a seis años de prisión a quien, a sabiendas, declare hechos o datos falsos, o presente documentación falsa o alterada, en cualquier procedimiento regulado en este Código. Este delito se investigará y perseguirá independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que, en su caso, se haya iniciado. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 193 de 377 Asimismo, la ejecución de este delito puede dar lugar a la causación de un daño material a la Hacienda Federal, el cual deberá ser objeto de reparación. Artículo adicionado DOF 07-11-2025 TITULO QUINTO De Los Procedimientos Administrativos CAPITULO I Del recurso administrativo Sección Primera Del Recurso de Revocación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.