Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFF/220
- Ley
- CÓDIGO Fiscal de la Federación
- Artículo
- 220
Artículo 220 del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que se quitó o canceló oficialmente. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no aplica para nada. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 220.- (Se deroga).
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.