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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFF/220
Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
220

Artículo 220 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que se quitó o canceló oficialmente. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no aplica para nada. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 220.- (Se deroga).

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 241) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.