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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFF/54
Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
54

Artículo 54 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el SAT recibe información de otro país sobre ingresos o movimientos que no declaraste, esa información se considera verdadera y la van a usar para calcular los impuestos que te faltaron pagar, a menos que demuestres con pruebas que están equivocados. Básicamente, la carga de la prueba cambia: ellos ya no tienen que demostrar que es cierto, tú tienes que demostrar que están mal si quieres que te crean.

Texto oficial

Artículo 54.- Para determinar contribuciones omitidas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá por ciertos los hechos u omisiones conocidos por las autoridades fiscales extranjeras, salvo prueba en contrario.

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 117) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.