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Artículo 223 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo puedes pedir una vez que te expliquen mejor o agreguen algo a una sentencia o a una decisión final de un incidente. Tienes que hacer la solicitud ante el mismo juez que la dictó, dentro de los tres días siguientes a que te notifiquen (te avisen oficialmente). En tu petición debes señalar bien claro qué parte está confusa, contradictoria, ambigua o qué información faltó.

Texto oficial

ARTICULO 223.- Sólo una vez puede pedirse la aclaración o adición de sentencia o de auto que ponga fin a un incidente, y se promoverá ante el tribunal que hubiere dictado la resolución, dentro de los tres días siguientes de notificado el promovente, expresándose, con toda claridad, la contradicción, ambigüedad u obscuridad de las cláusulas o de las palabras cuya aclaración se solicite, o la omisión que se reclame. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.