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Ley
CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Artículo
223

Artículo 223 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo puedes pedir una vez que te expliquen mejor o agreguen algo a una sentencia o a una decisión final de un incidente. Tienes que hacer la solicitud ante el mismo juez que la dictó, dentro de los tres días siguientes a que te notifiquen (te avisen oficialmente). En tu petición debes señalar bien claro qué parte está confusa, contradictoria, ambigua o qué información faltó.

Texto oficial

ARTICULO 223.- Sólo una vez puede pedirse la aclaración o adición de sentencia o de auto que ponga fin a un incidente, y se promoverá ante el tribunal que hubiere dictado la resolución, dentro de los tres días siguientes de notificado el promovente, expresándose, con toda claridad, la contradicción, ambigüedad u obscuridad de las cláusulas o de las palabras cuya aclaración se solicite, o la omisión que se reclame. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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