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Artículo 296 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el juez te da un plazo extra para entregar un documento o cumplir con algo, ese plazo se cuenta sin parar. Es decir, no se quitan ni los sábados, domingos ni días festivos. Ni siquiera por una excusa especial vas a tener un día más. Todos los días cuentan parejo hasta que se acabe el tiempo.

Texto oficial

ARTICULO 296.- En el cómputo del término extraordinario no se excluirán días, por ningún motivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.