Artículo 366 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que un juez necesita resolver un pleito, pero para hacerlo depende de lo que se decida en otro caso diferente. En esa situación, el juicio se pone en pausa hasta que salga la resolución de ese otro asunto. También se puede suspender si la ley dice que hay algún otro motivo especial para hacerlo, como cuando toca esperar algo que la misma ley ya tiene previsto. Básicamente, así como cuando tú esperas a que alguien más termine algo para seguir con lo tuyo, aquí pasa igual.
Texto oficial
ARTICULO 366.- El proceso se suspenderá cuando no pueda pronunciarse la decisión, sino hasta que se pronuncie una resolución en otro negocio, y en cualquier otro caso especial determinado por la ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.