Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 94 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, a menos que la ley establezca algo diferente, las reglas de este título aplican para cualquier tipo de acuerdo o trato legal (lo que llaman "negocios"). Esto incluye desde contratos de renta hasta préstamos o cualquier otra cosa que involucre un compromiso entre personas. Si en otra parte de la ley se dice algo distinto, entonces sí se usa esa excepción. Pero si no hay una regla especial, te guías por lo que dice aquí.

Texto oficial

ARTICULO 94.- Salvo disposición contraria de la ley, lo dispuesto en este título es aplicable a toda clase de negocios. CAPITULO II Confesión

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.