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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/471
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
471

Artículo 471 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido. Está "derogado", que es cuando una ley se elimina o se cancela oficialmente. Desde mayo del 2016 ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Básicamente, es como si nunca hubiera estado ahí.

Texto oficial

Artículo 471.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 106 de 158

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 105) ↗

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