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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/482
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
482

Artículo 482 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Fue cambiado en junio de 2014 y luego eliminado por completo en mayo de 2016. "Se deroga" significa que la ley lo quitó del código, así que ya no tienes que preocuparte por él. Solo es un aviso de que esa regla ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 482.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 13-06-2014. Derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 106) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.