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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/488
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
488

Artículo 488 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016, por lo que ya no existe ni se aplica. La palabra *derogado* significa que se canceló oficialmente y ya no es válido. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir; solo debes saber que esa regla ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 488.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 107 de 158

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 106) ↗

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