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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 498
Artículo 498 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 498 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, como parte de una actualización del código. Antes de eso, ya lo habían modificado en 1994, pero al final se borró por completo. No tienes que preocuparte por él, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 498.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 22-07-1994. Derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.