Artículo 5 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal Superior Militar va a tener un secretario de acuerdos, que es como el encargado de organizar los papeles y decisiones del tribunal. Ese secretario debe ser Coronel o Teniente Coronel del Servicio de Justicia Militar, o sea, un rango específico dentro del ejército. También va a tener personal de apoyo, como asistentes o empleados, según lo que se necesite para que el trabajo salga bien. En pocas palabras, este artículo dice quién va a estar a cargo de las labores administrativas y quiénes lo ayudarán.
Texto oficial
Artículo 5o.- El Tribunal Superior Militar tendrá un secretario de acuerdos, Coronel o Teniente Coronel del Servicio de Justicia Militar y los subalternos que las necesidades del servicio requieran. Artículo reformado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 3 de 158
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.