Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/528
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 528
Artículo 528 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por ese artículo, porque ya no es parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 528.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.