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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/530
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
530

Artículo 530 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no está vigente, como si lo hubieran borrado del código. Cuando se reformó una vez en 1994, ya no tuvo efecto, y después, en 2016, se quitó por completo. Por lo tanto, este artículo ya no es válido para nada.

Texto oficial

Artículo 530.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 22-07-1994. Derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 109) ↗

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