Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/540
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
540

Artículo 540 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 540 ya no existe. Las frases "se deroga" y "artículo derogado" significan que fue eliminado de la ley oficialmente el 16 de mayo de 2016, así que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, ya no hay nada que entender ni cumplir de ese artículo.

Texto oficial

Artículo 540.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 110) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.